El TSJ anuló una condena contra una empresa del ramo, al corroborar que el vínculo en cuestión no tuvo las características especificadas en la Ley de Contrato.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.