Desde ayer se aplicará a varios recursos y a partir del 1 de noviembre a las causas ante la Secretaría de Juicios Originarios.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación amplió la aplicación del sistema de notificaciones electrónicas, reglamentado por la acordada 21/2011 a los recursos ordinarios y, de ser denegados, los recursos de queja correspondientes a las denuncias por retardo y denegación de justicia y a las presentaciones varias. Comenzó a regir a partir de ayer.
También se dispuso que, desde el 1° de noviembre, se extienda a las causas que se tramitan en la Secretaría de Juicios Originarios. En los procesos en trámite en esta secretaría se notificará electrónicamente a partir del momento en que los sujetos procesales intervinientes cumplan con la carga de constituir domicilio electrónico o del vencimiento del plazo que establezca la secretaría en la intimación que en cada proceso se les cursará. Fue por medio de las acordadas 35/2013 y 36/2013, publicadas la semana pasada en el Boletín Oficial.
En la Comisión Nacional de Gestión Judicial informaron a los letrados que para recibir las notificaciones electrónicas es muy importante constituir domicilio electrónico. El domicilio electrónico no es una dirección de correo electrónico. Es el CUIT/CUIL del letrado finalizado el proceso de registración y validación.