La Cámara Multifuero de Primera Nominación de Río Cuarto sostuvo que la accionante no podía pedir su reinstalación, ya que el acto por el cual fue nombrada personal permanente era nulo, al no haber mediado un concurso. Sin embargo, el fallo le reconoció que debe ser reparada por el tiempo que estuvo bajo sucesivos contratos de trabajo El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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La canasta de crianza como referente de la cuota alimentaria
Por María Luciana Alonso (*) Las cuotas alimentarias pueden quedar desactualizadas por diferentes razones. Una de ellas es el cambio de las...