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El Fisco nacional habilitó condonación de deudas y moratoria

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha los beneficios y herramientas de la Ley de Alivio Fiscal. La normativa del organismo contemplaba la condonación de deudas inferiores a cien mil pesos para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas. La resolución también amplía la moratoria para incluir la posibilidad de regularizar obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2021 y el mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos. 

Asimismo, instrumenta los beneficios para contribuyentes cumplidores previstos en la ley Nº 27653, así como la implementación de mecanismos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización. 

La AFIP también dispuso la extensión de la suspensión de las ejecuciones fiscales y la traba de medidas cautelares hasta el 31 de diciembre de 2021. Este beneficio alcanza exclusivamente a las micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollaban actividades afectadas en forma crítica. 

Clubes

La resolución general 5101/21 contempla las medidas previstas en la ley de alivio fiscal para fortalecer el proceso de reactivación económica. Una de las principales herramientas que habilita la normativa es la condonación de deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.

La medida alcanza a distintas entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. La condonación de deudas inferiores a $100.000 también comprende a monotributistas que cumplan con las condiciones previstas en la normativa así como a las micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado Mipyme. Los contribuyentes podrán realizar la solicitud hasta el 2 de marzo de 2022, a través de la página web de la AFIP. 

La norma también instrumenta la ampliación de la moratoria para permitir la regularización de obligaciones vencidas al 31 de agosto en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de 1,5%, dependiendo del tipo de contribuyente. La adhesión al plan de regularización se habilitó el 29 de noviembre de 2021 y regirá hasta el 15 de marzo de 2022.  La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes. 

La resolución general 5101/2021 también prevé la posibilidad de rehabilitar de manera extraordinaria y por única vez, planes de facilidades de pago formulados en el marco del régimen de regularización dispuesto por la Ley 27541 y sus modificaciones, cuya caducidad haya acaecido hasta el 31 de agosto de 2021.

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