El mes pasado se dictó la preventiva de Fernando Armando Albareda, militante de alto perfil de HIJOS que capacitó a policías y trabajaba en la Secretaría de Derechos Humanos
Por Juan Pablo Bastos (*)
El 23 de septiembre pasado se dictó la prisión preventiva de Fernando Armando Albareda como supuesto autor material del crimen de su madre, Susana Beatriz Montoya, mediando al efecto una conducta encuadrada en el tipo del artículo 80 del Código Penal (CP), agravada por la configuración de tres circunstancias calificantes: el vínculo parental con la víctima -su progenitora-; la manera alevosa con que ejecutó el homicidio -con violencia artera, procurando que su madre no tenga una mínima posibilidad de defenderse y sin peligro para su accionar asesino- y por la motivación, la codicia -es decir, un superlativo interés por el dinero-.
La codicia luce probada en la investigación del crimen, por la pretensión del encausado de ser el único acreedor -excluyendo a su madre, hermano y sobrinos- de la suma de $76.447.970,50, proveniente de un subsidio por fallecimiento calculado con base en el salario que cobraba su padre, Ricardo Fermín Albareda, que se incrementó con su recategorización por mérito extraordinario por pérdida de la vida en acto de servicio al grado inmediato superior del extinto subcomisario, a partir del 7 de marzo de 2024, fecha del decreto 120 (según el artículo 41, inciso b, de la ley 9728 y su decreto reglamentario 763/12).
La convicción de Fernando Armando Albareda de procurarse una ganancia desmedida en detrimento del resto de los integrantes de su familia se basó en su autopercepción como la persona con exclusiva legitimidad a aquel derecho. La edificó en su militancia en la agrupación HIJOS Córdoba, en su reputación y/o actitud de defensor irrestricto de los derechos humanos y, en particular, según lo planteado en la intimidad del seno familiar, por ser el único de su entorno interesado en la pesquisa judicial y participante como querellante particular en el juicio por la desaparición y muerte de su padre, que culminó con sentencia en autos “Menéndez, Luciano Benjamín; Campos, Rodolfo Aníbal; Cejas, César Armando; Britos, Hugo Cayetano; Flores, Calixto Luis y Gómez, Miguel Ángel, p.ss.aa. homicidio agravado, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados, lesiones gravísimas” (Expediente 281/2009).
A ello le sumó el reclamo que efectuó ante la Administración provincial por el reajuste de la diferencia salarial a raíz del ascenso de su progenitor.
El encartado consideró que la suma dineraria a percibir era producto de su gestión personal, en el afán de lograr la reparación histórica del legajo de Ricardo Fermín Albareda, quien abandonó su condición de policía en septiembre de 1976, adhiriendo a la organización subversiva Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT).
Figura
Ahora bien, es imposible escindir de semejante homicidio -en el que un hijo mata violentamente a su madre por codicia- la figura de Fernando Armando Albareda.
Reconocido dirigente de HIJOS, tenía vínculo con Agustín Di Toffino -ex secretario Ejecutivo del Consejo Federal de Derechos Humanos en la presidencia de Alberto Fernández- y con Martín Fresneda -ex secretario de Derechos Humanos de la Nación durante la gestión presidencial de Cristina Fernández de Kirchner-.
También fue asesor de Fresneda en la Unicameral provincial (2015-2019) y, con posterioridad, obtuvo un cargo en la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación en Córdoba. En tanto, hasta diciembre de 2023 ejerció la función docente: dictaba cursos para los cadetes de la Escuela de Policías de la Provincia, en la temática referida a protección de testigos y derechos humanos.
Lo ocurrido es toda una paradoja o un contrasentido respecto de la razonable expectativa de la sociedad en cuanto a la calidad humana que debe reunir un activista por los derechos del hombre, que requiere, va de suyo, una personalidad íntegra, adecuada a la representación de organismos oficiales dedicados nada menos que a la defensa de los derechos humanos y/o formadores de agentes del orden de un Estado republicano y democrático.
La distorsión palmaria que se configura surge de la modalidad con que habría dado muerte a su madre, del plan homicida que urdió para concretar su codicioso dolo criminal y del significativo diseño que tramó para procurar su impunidad, empleando al efecto disuasivo de la investigación, el vetusto argumento de la persecución intimidatoria por parte de la “mano de obra desocupada de la policía” y redactando, de puño y letra, con lápices labiales de su madre en la escena del crimen, la frase: “Los vamos a matar a todos. Ahora van tus hijos. HDP. #Policía”.
Prestigio
En definitiva, podemos concluir que hay un quiebre del concepto social de esta clase de dirigente político, quien fue un protagonista central en la reivindicación de los derechos de las víctimas de atroces violaciones de derechos humanos desde el Estado. El imputado incurrió en conductas criminales similares a las que denunció como miembro de agrupaciones de derechos humanos, aprovechándose de su condición de militante para lograr su finalidad delictiva, valiéndose del prestigio asignado por la convicción popular, influenciada por una falaz condición de víctima.
Fernando Armando Albareda expuso con ardid que sufría una persecución intimidatoria, en pleno Estado de derecho y sin indicios ciertos y verosímiles de credibilidad. Aprovechándose de ese cuadro falsamente recreado, gozaba de custodia policial asignada por el Estado.
Concretamente, el encausado escribió los supuestos mensajes amenazantes para enredar la investigación y también con la finalidad de obtener ventajas económicas (tal como acceder a la porción de indemnización que le correspondía a su madre, entre otras).
Todas estas apreciaciones, meritadas luego del análisis de la prisión preventiva en contra de este farsante militante político, se verán consolidadas en el juicio oral con jurado popular que deberá afrontar mediando una acusación fiscal que procurará, junto a la parte querellante, la imposición de la pena máxima -perpetua- que prevé la ley penal.
La sanción que cabe para un sujeto mató a su madre por codicia, con un plan criminal destinado a engañar a la opinión pública y a la investigación, motivado por su apetito desmedido por el dinero, pretendiendo recrear una realidad falsa y distorsionada de la realidad.
Cabe preguntarse si la metodología de actuación de este operador militante político es un hecho novedoso en el que se evidenció un afán desmedido individual y unilateral por dinero, o si no es más que una inventiva que se implementó como política de Estado, con base en un interés pecuniario superlativo.
(*) Abogado penalista. Letrado de la querella en la causa por el crimen de Susana Beatriz Montoya