<?xml version="1.0"?><nbibliografica> <intro><bold>Revista de Derecho Público</bold> <bold>(Segunda Parte)</bold> </intro><body><page>Nadie duda de que hoy los argentinos nos encontramos frente a una de las crisis más profundas, tanto económica cuanto política e institucional. Bajo el pretexto de la emergencia, el Estado Nacional se ha encargado de violentar sistemáticamente los derechos y garantías constitucionales de los ciudadanos. Ello ha motivado muchas obras en el último año, que -como bien lo destaca el Dr. Hutchinson- se asientan en un género común: la respuesta jurídica a la situación de crisis en que vivimos. La mayor parte de los trabajos que presenta esta obra tienen un aire decididamente crítico y pretenden hacer llegar una advertencia frente a una situación que se considera negativa en sus potenciales consecuencias y remover conciencias de los operadores del derecho al que se dirigen. Quienes escriben son juristas universitarios que no pueden permanecer al margen de las preocupaciones actuales. Como bien se ha destacado, a los que tienen el poder mucho no les importa lo que digan los filósofos o los sociólogos, pero les preocupa lo que dice un operador jurídico o un jurista. El maestro Augusto Mario Morello, juntamente con Pablo Grillo Ciocchini, expone sobre la Crisis de los Recursos Extraordi-narios y de la Función de las Cámaras de Apelación. Los autores señalan que la sobrecarga en órganos verticales con reiteradas funciones casatorias que descolocan la actividad previa similar, encarecen el servicio de justicia, prolongan onerosamente el trámite de la definición de las causas, con costos y dispendio jurisdiccional, y provocan -o acentúan- contradicciones y resultados negativos en el trípode que desde siempre acompaña y desvirtúa los fines del acceso a la jurisdicción: la demora, los costos, las disfuncionalidades. Proponen hacer más simples y sincronizados dichos controles. Rosatti, por su lado, nos describe el impacto de las emergencias continuadas en el diseño institucional argentino, destacando que la crisis de confianza que envuelve tanto a los poderes representativos cuanto al Judicial, constituye una excelente oportunidad para propiciar la aplicación de "mecanismos de devolución" del poder de decisión al pueblo y para revisar la delimitación estereotipada entre un campo político aprofesional (que debe representar la opinión del pueblo) y un campo profesional apolítico (que debe encarnar el saber técnico). Sobre "Emergencia Alimentaria: Rol del Estado y División de Poderes" nos habla Humberto Quiroga Lavié. Señala que la severa situación de emergencia social que atraviesa la población argentina es producto de una irresponsabilidad casi absoluta por parte de los sucesivos gobiernos que han tenido a su cargo la administración de los bienes públicos. Y que a mayores necesidades de la población, mayores obligaciones tiene el Estado, porque, de lo contrario, institucionalizar el "Estado desertor" es una forma directa de desarticular y desestructurar el funcionamiento y gobernabilidad de la Nación Argentina. La obra se completa con artículos de Daniel Alberto Sabsay, Alejandro Pérez Hualde, Mario Ackerman, Guillermo Jorge Enderle, Osvaldo Gozaíni, Alejandro Gargosi, Alberto Ricardo Dalla Vía, Adrián Ventura, Jorge Labanca y Tomás Hutchinson. Incluye además jurisprudencia anotada y jurisprudencia temática, sin dejar de lado los trabajos de David Andrés Halperin, Julio Comadira y Osvaldo Otheguy. En suma, este número, como el anterior, sólo intenta suscitar la reflexión del lector sobre la tan mentada emergencia económica, partiendo de la premisa de Otto Mayer: "...siempre hay algo de arbitrario y de singular en las diferentes formas por las cuales el ingenio humano ha buscado garantizar la situación de los súbditos frente al poder del Estado". </page></body></nbibliografica>