<?xml version="1.0"?><nbibliografica> <intro></intro><body><page>Llega a mis manos a los fines de su comentario esta última obra de Armando S. Andruet (h), en coautoría con los profesores de su cátedra, Jorge Barbará y María del Pilar Hiruela de Fernández. La obra en comentario nace como necesidad de brindar un material bibliográfico de corte introductorio a los alumnos de la carrera de Abogacía de la Universidad Católica de Córdoba. Así presentado, parecería un material dirigido solamente a noveles estudiantes; sin embargo, sin perder la sencillez necesaria para el objetivo propuesto, la obra adquiere otras dimensiones. Lo afirmado se funda en la importancia de la selección del contenido en tan vasto campo. Así, en el capítulo I se aborda el concepto del Derecho y sus analogados; en el capítulo II, las propuestas y tensiones entre iusnaturalismo, positivismo jurídico y ley natural; en el capítulo III, la ley, sus fundamentos y modos de establecerla, en forma conjunta con el problema de las leyes injustas; en el capítulo IV, la Justicia; en el V, el bien común político y la seguridad jurídica; en el capítulo VI, las fuentes del derecho; en el capítulo VII, los órdenes normativos, Derecho y moral; y, en el último capítulo, el problema de la interpretación y aplicación del Derecho. El libro es coherente (lo que hoy no es poca cosa) y responde en forma explícita a una postura acorde con el realismo clásico con fundamento aristotélico-tomista. Encuentro en ello una loable postura de honestidad intelectual en sus autores, pues hoy pareciera que pensar y escribir va de la mano con ocultar las bases filosóficas del pensamiento propio. Se necesita valentía en esta posmodernidad en retirada para hacer explícita y dar razones de una opción en materia intelectual. Dijimos que el libro adquiría otras dimensiones pues en él se puede releer el pensamiento clásico, y recordar (y aun conocer) nuevas y ‘aggiornadas’ argumentaciones. En esa línea, he de destacar lo sostenido por los autores respecto de la función de los principios generales del Derecho, a los cuales niegan un carácter meramente supletorio, sino que constituyen el fundamento del ordenamiento jurídico y son orientadores de la labor interpretativa de las normas positivas. Ello conduce a justificar por qué el libro adquiere otras dimensiones, pues el abogado, el estudioso del Derecho, encuentra en sus páginas definiciones clásicas, quizás olvidadas y de necesaria relectura, en sintonía con modernas argumentaciones; todo lo cual hace que recibamos gustosos la obra en comentario. Una consideración aparte merece la visión de los autores en lo atinente a la interpretación judicial y a la llamada “Nueva Retórica”, donde toman posición en un tema tan polémico por sus consecuencias y cuyo estudio merece un comentario aparte. </page></body></nbibliografica>