<?xml version="1.0"?><nbibliografica> <intro></intro><body><page>El libro que se comenta trata, como su título lo indica, la problemática de los estupefacientes que, según el autor en sus reflexiones iniciales, configura una de “las perplejidades éticas de fines del milenio”. Comienza con unas reflexiones “a modo de prólogo”, donde plantea lo profundo de una cuestión que excede lo jurídico y las fronteras. El capítulo 1 versa sobre el “suministro infiel de medicamentos”. Abarca la conducta típica; sujetos activos; suministro negligente; venta de sustancias medicinales sin autorización y el bien jurídico salud pública. Los capítulos 2 y 3 tratan los “delitos de tráfico de estupefacientes” y contienen los requisitos típicos de las distintas figuras, tales como la siembra o cultivo de plantas y guarda de semillas, materias primas o elementos utilizables para la producción o fabricación; o para uso personal; la producción, fabricación extracción, preparación, comercialización, distribución, almacenamiento o transporte o dación en pago de estupefacientes. El capítulo 4 aborda la “introducción y contrabando de estupefacientes”. Incluye una correcta diferenciación entre ambas acciones; condiciones de aplicabilidad de la normativa vigente; agravantes y atenuantes y vinculación con otras figuras de la legislación penal aduanera; ingreso de precursores y químicos, señalando su contradicción normativa y la situación de personas jurídicas. El capítulo 5 se introduce en la “organización y financiación del tráfico”. Analiza la situación de los jefes de las organizaciones de tráfico ilícito y la estructuración del tráfico como modalidad de crimen organizado. El capítulo 6 estudia los “delitos cometidos por quienes están autorizados a tener estupefacientes” e indaga sobre la tenencia en excedente; la preparación y empleo de compuestos con ocultación o simulación de estupefacientes; la prescripción, suministro o entrega de estupefacientes fuera de los casos que indica la terapéutica; la omisión de los deberes de funcionario público; la falsificación de recetas médicas o impresión a sabiendas sin autorización del profesional o sin facultad para hacerlo. El capítulo 7 se ocupa del “delito de facilitación de tráfico o de lugares para posibilitarlo”, donde se distingue la figura con el encubrimiento y la clausura preventiva de locales. El capítulo 8 entra en las “circunstancias agravantes en las leyes 23737 y 24424”, tales como los hechos cometidos en perjuicio de embarazadas, personas disminuidas o menores de 18 años; los cometidos subrepticiamente, con violencia, intimidación, engaño, con la intervención de tres o más personas organizadas, por funcionario encargado de la prevención o persecución de este tipo de delitos o encargado de la guarda de presos en perjuicio de éstos; en las inmediaciones o interior de un establecimiento de enseñanza, centro asistencial, lugar de detención, institución deportiva cultural o social o en sitios de espectáculos o diversiones públicos o lugares a los que los estudiantes acudan para realizar actividades educativas deportivas o sociales; por un docente, educador o empleado de establecimientos educaciones. También trata el delito de confabulación y su diferenciación con la asociación ilícita. El capítulo 9 describe la “apología, uso público de estupefacientes, instrucciones públicas para la elaboración de estupefacientes”. El capítulo 10 gira en torno de la “tenencia y consumo de estupefacientes y hojas de coca”. Desarrolla el concepto de tenencia; resume las opiniones en pro y en contra de la despenalización del consumo; el problema de las hojas de coca, su evolución legislativa, el error de prohibición. El capítulo 11 ingresa en la “suspensión del proceso y medidas de seguridad”, incluyendo el tratamiento, los establecimientos y la eficacia; contradicciones normativas, panorama de la política penitenciaria, mujeres embarazadas, doping y políticas sanitarias. Contiene una lista de los centros de rehabilitación para drogadictos -que incluye sus teléfonos- en donde pueden llevarse a cabo los tratamientos a que alude la ley. El capítulo 12 trata del lavado de dinero. El capítulo 13 abarca “las cuestiones y figuras procesales”: destrucción de droga y peritaje obligatorio; competencia de fuerzas de seguridad y aduana; actuación del juez en extraña jurisdicción; competencia federal; destino de bienes secuestrados y decomisados. Finalmente, el capítulo 14 se centra en los medios extraordinarios de investigación de la ley 24424: agente encubierto, su distinción con el agente provocador; arrepentido; entrega vigilada; testigos protegidos y denuncias anónimas. Como la descripción realizada lo adelanta, la obra es esencialmente un estudio sistemático e integral de la legislación sobre estupefacientes, ilustrado con las opiniones predominantes de la doctrina y con un apéndice de jurisprudencia relativo a cada capítulo. Se trata de un trabajo de gran utilidad para quienes desde el estudio, el ejercicio privado de profesiones vinculadas a la problemática (abogacía, medicina, psicología, etc.) o de la función pública, estén interesados en este tema. El contenido de este libro no se agota en el análisis normativo. Hace honor a lo que Carrera y Martínez Paz denominan el “fenómeno jurídico multidimensional”, ya que está integrado con interesantes aportes de la química, la medicina, la psicología, la historia, la sociología, la filosofía, entre otras ramas del saber (ejemplo de este completo enfoque es el tratamiento del “problema de las hojas de coca” -p. 207 y ss.-). Otra virtud es que el autor Abel Cornejo no se limita a describir o reproducir las opiniones de otros, sino que se advierte en su valioso trabajo un sentido crítico y una constante toma de posición en los acuciantes problemas que encierra la multifacética cuestión tratada. En definitiva, la publicación hace honor a lo que José Ingenieros definió como cultura: “Fruto de la curiosidad, inquietud misteriosa que invita a mirar el fondo de todos los abismos”.</page></body></nbibliografica>