en que a partir del análisis de casos jurisprudenciales de distintos tribunales del país
reexamina conceptos jurídicos vinculados ahora a los delitos de robo y extorsión. Para ello inicia el desarrollo con el examen del bien jurídico protegido en cada una de las figuras y luego lo utiliza como criterio interpretativo para el análisis de los casos jurisprudenciales que examina críticamente. Continúa con la consideración de la estructura de cada figura en particular y su relación con otras figuras –como la de apoderamiento, la diferencia entre el hurto y el robo, la extorsión y su distinción con la amenaza, el robo y la coacción.
Se destaca la minuciosidad que caracteriza al autor al tratar exhaustivamente las distintas hipótesis que pueden plantearse en la aplicación de las normas en estudio, siempre a partir de un caso jurisprudencial, fundamentando el propio punto de vista.
La estructura del trabajo se divide en cinco capítulos. En el primero aborda la figura del robo, señalando la distinción entre tenedor y propietario, el concepto de fuerza en las cosas en base a un sinnúmero de situaciones (defensas predispuestas, la fuerza y el esfuerzo como criterios distintivos para el hurto calificado y el robo, medios hipnóticos y narcóticos – art.78,CP-, fuerza ejercida durante el hecho y luego la remoción de las cosas, los casos de fuerza mínima, fuerza que no era necesaria, etc.). El desarrollo se completa con el señalamiento de las posiciones de Sebastián Soler y Ricardo Núñez esquemáticamente desarrolladas, y citas del propio Francesco Carrara por medio de los que revisa su posición asumida en obras anteriores
.
Resulta de interés el tratamiento de los problemas vinculados con la violencia en las personas: destinatario de la violencia (según sea la propia víctima del robo o un tercero), y el uso de estupefacientes; también la relación de la figura con otros delitos (lesiones, daño, violación de domicilio, privación de la libertad). Trata particularizadamente la distinción entre fuerza normal y anormal con un sinnúmero de casos (sustracción de rueda de automóvil, cerda del caballo, dínamo del motor, de energía eléctrica, precintos de vagones, puente en un automotor, etc.). Completa el desarrollo del capítulo con las reglas vinculadas a las denominadas formas ampliadas de imputación, incorporando fallos sobre participación criminal, tentativa, delito imposible, el aspecto subjetivo del delito (
En el capítulo segundo se examinan las hipótesis legales del robo calificado (arts. 165, 166 inc. 1, 166 inc. 2 y 167 inc. 3) y resulta de interés la crítica que formula a la exigencia de que se trate de un «lugar habitado» afirmando que en ese caso “…la ley requiere más de lo debido, y hubiera resultado suficiente …, que la calificante hubiera prescindido de esta exigencia que limita la esfera de actuación del delito…”.
La obra continúa con un relevamiento de los antecedentes legislativos nacionales del delito de robo, sistematizándolos a partir del Código de 1921; así los anteriores (Proyecto de Tejedor, Código de 1886, Proyecto de 1891, Ley de Reformas 4189 de 1903, Proyecto de 1906 y Proyecto de 1917) y los posteriores al Código de 1921 (Proyecto de 1937, Proyecto de 1941, Proyecto de 1960, Leyes 17567, 21338 y Proyecto de 1979).
En el capítulo 4 trata particularizadamente la figura de la extorsión (la intimidación, bienes sobre los que puede recaer, estado espiritual de la víctima) abordando el espinoso problema de distinción con las amenazas, con el robo con empleo de armas y con la coacción. Finalmente, bajo el título «Relaciones del delito con la Legítima Defensa y la Coacción», con un valioso fallo de la Cámara Criminal de Apelaciones de Rosario con voto de Sebastián Soler (LL 6-843) «Pérez, Salvador», examina la conducta de la víctima de la extorsión que causara la muerte al autor del delito con relación a la legítima defensa (CP, art. 34 inc. 6), la coacción (CP, art. 34 inc. 2, 2º. supuesto), el estado de necesidad (CP, art. 34 inc. 3) y su posible inimputabilidad (CP, art. 34 inc.1)
. También incorpora los antecedentes legislativos de la figura.
En conclusión, la obra constituye un aporte valioso y actual de la doctrina judicial del país; la valía intelectual de los fallos sirve de excusa al autor para reexaminar de manera minuciosa y didáctica conceptos vinculados a los delitos del robo y la extorsión en nuestra legislación. ■
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