<?xml version="1.0"?><nbibliografica> <intro><bold>Cuadernos de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo - Filial Córdoba</bold> </intro><body><page>La filial Córdoba de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, publica bimestralmente desde el año 1997 la Revista Catorce Bis de contenido temático. A partir de mediados del año 2002 comenzó a producir los Cuadernos de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo, con la colaboración de la editorial local Alveroni Ediciones. En la permanente y constante renovación de las normas relacionadas con el Derecho Laboral y de la Seguridad Social, las revistas especializadas, las páginas web y los cuadernos de este tipo cumplen la importante misión de mantener la actualización permanente sobre los cambios que se van produciendo. En el segundo cuaderno, consecuente con la metodología que inspiró a los pioneros de la revista referida, se abordan dos temas de particular importancia en cada caso. Antes de realizar el comentario específico sobre cada una de las cuestiones abordadas, se considera conveniente resaltar que los autores, al margen de su dilatada trayectoria profesional, pertenecen a la Cátedra de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, y en el caso del Dr. Altamira Gigena, también es profesor titular de la cátedra similar en la Facultad de Ciencias Económicas de la misma Universidad. La acotación se realiza por cuanto, en virtud de la actividad académica de los nombrados, el lector se encontrará en ambos casos con temas que tienen cierto grado de complejidad en su interpretación, pero que, merced a esa actividad académica, son expuestos metodológicamente y con la calidad didáctica de aquellos que al margen de la profesión ejercen la docencia vocacionalmente. En el primer tema que trata el cuaderno, el Dr. Altamira Gigena realiza el análisis del encuadramiento aclarando su significado terminológico, para luego tratarlo desde la perspectiva de tres ejes diferenciados, tal como lo son el Encuadramiento Sindical, el Convencional y el de las Obras Sociales, en la actualidad, en particular con las reformas introducidas por la ley 25.250 y el decreto 105/2000 para el caso del encuadramiento convencional. En el primero de ellos se refiere a las situaciones que requieren de la resolución del encuadramiento de un trabajador o grupo de ellos en el ámbito de la representación de un sindicato, el trámite que se tiene que realizar agotando la vía asociacional (establecido por la Ley de Asociaciones Sindicales 23.551) y la situación en que se encuentran tanto los trabajadores como las empresas frente a esos conflictos de representatividad. En el Encuadramiento Convencional trata el tema de la resolución administrativa o judicial que fijará si un grupo de trabajadores está incluido o no dentro de una convención colectiva atento a las partes intervinientes en la negociación de la misma, aclarando quién es la autoridad administrativa que resuelve en el tema conforme las disposiciones del Dcto. 105/2000. En el Encuadramiento de Obra Social trata las cuestiones que pueden presentarse respecto a cuál obra social deberá brindar las prestaciones correspondientes y que consecuentemente será la destinataria de las cotizaciones previstas en la ley 23.660, realizando el procedimiento de encuadramiento previsto en la resolución 9/1999 de la Superintendencia de Servicios de Salud. En el segundo tema que aborda el cuaderno, el Dr. Arese realiza una breve introducción a la cuestión de las Negociaciones Colectivas con aclaraciones conceptuales que buscan dotar de la mayor precisión terminológica posible. Con el auxilio de gráficos y cuadros se refiere al modelo negocial colectivo de la Argentina y luego realiza una comparación con lo que acontece al respecto en otros países. Seguidamente trata el tema de los cambios producidos en el sistema y la casuística de los sujetos que forman parte de la negociación, particularmente en lo referente a la representación del sector empleador. Al abordar el procedimiento de la negociación colectiva, lo hace desde la constitución de la Comisión Negociadora, siguiendo los pasos legales establecidos al respecto y las reglas de negociación. Posteriormente trata el complicado tema de la ultraactividad de los CCT, luego de las reformas introducidas por la ley 25.250 a la ley 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo, contemplando las variables que se presentan de acuerdo con la fecha. Por último hace referencia a lo que da en llamar las "posibilidades desmejorativas de Convenios Colectivos de Trabajo y de Contratos Individuales de Trabajo" (<italic>“reformatio in peius”</italic>), con especial mención a la legislación especial sobre negociaciones colectivas, a la Ley Nacional de Empleo, a la Ley de Pymes y a la Ley de Concursos y Quiebras, analizando el tema desde la perspectiva de aplicación de cada uno de los cuerpos legales mencionados, y en una breve acotación final expone su opinión respecto a lo que acontece en la actualidad en ese ámbito. La conclusión de este comentario es la reiteración de lo dicho al principio respecto del importante servicio que prestan la Asociación de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social y la Editorial Alveroni, al poner a disposición del lector este tipo de obras sintéticas (pero de gran utilidad para la comprensión de la problemática actual de esta cambiante y convulsionada rama del derecho íntimamente ligada con los avatares sociales del momento), didácticas, de fácil comprensión y de costo accesible, que ayudan a la permanente capacitación profesional. </page></body></nbibliografica>