<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>Tribunal Superior de Justicia - Acuerdo Reglamentario Nº 100 - Serie “B”. </bold> En la ciudad de Córdoba, a veintiséis días del mes de diciembre de dos mil doce, bajo la Presidencia del Sr. Vocal Dr. Domingo Juan Sesin, se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, doctores Aída Lucía Teresa Tarditti, Armando Segundo Andruet (h) y Carlos Francisco García Allocco, con la asistencia del Sr. Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino Porcel de Peralta y ACORDARON: VISTO: Que se encuentra finalizada la obra de refacción y acondicionamiento parcial del inmueble sito en calle Arturo M. Bas Nº 244 de esta ciudad, perteneciente al Poder Judicial de Córdoba, el cual estará destinado a la radicación de distintas dependencias de éste. Y CONSIDERANDO: Que el Sr. Administrador General propone trasladar al mencionado inmueble las Salas de Remates, para la realización de las subastas judiciales a partir del 1 de febrero de 2013, lo cual importa afectar el mismo a ese destino, lo que condice con las necesidades y aprovechamiento de espacios, hoy existentes. Por todo ello y lo dispuesto por el art. 12 inc. 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: <bold>Art.1º.</bold>- Autorizar la habilitación a partir del 1º de febrero de 2013, de la Sala de Remates en el inmueble sito en calle Arturo M. Bas Nº. 244, Subsuelo, de esta ciudad, para la realización de las subastas judiciales que sean ordenadas por los Tribunales del Centro Judicial de Capital, para los días hábiles en el horario de 8 a 13; aunque el cierre de la misma quedará sujeto a la finalización de todas aquellas fijadas para ese día. <bold>Art.2º.</bold> - El Director del Área de Servicios Judiciales podrá autorizar la realización en la Sala de Remates, de otros que sean particulares, oficiales o audiencias fijadas por los diversos tribunales, siempre que medie solicitud previa del martillero o magistrado respectivo y, se cumplimenten los requisitos que se establezcan. <bold>Art. 3º.</bold>- Una vez asignados los turnos por la Oficina de Subastas y para posibilitar una mayor publicidad, en el hall de ingreso a la Sala de Remates se anunciará el cronograma elaborado respecto de las subastas judiciales que correspondan al día de su realización, como también, de los tres (3) días subsiguientes y en un exhibidor fijo se colocarán los volantes impresos que acompañen los señores Martilleros; todo conforme la publicación de los edictos judiciales y la información de los Tribunales, en cuanto a los bienes a subastar. <bold>Art. 4º.</bold>- El Área de Servicios Judiciales asignará el personal administrativo necesario, para una correcta prestación del servicio relacionado a las subastas judiciales. <bold>Art. 5º</bold>.- El encargado de la Oficina de Subastas Judiciales deberá controlar la seguridad, higiene y normal funcionamiento de los elementos que se encuentren en la Sala, pasillos y corredores, como así también vigilar la conducta de las personas que se ubiquen en los contiguos a la Sala, requiriendo la colaboración del personal policial, en caso de considerarlo necesario. <bold>Art. 6°.</bold>- Protocolícese. Comuníquese al Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia; al Colegio de Abogados de Córdoba; a la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia; a la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales y a los Tribunales de los Fueros Civil, Comercial (Concursad), Laboral y Familia de la Sede Judicial Capital y, dése la más amplia difusión.&#9632; </page></body></legislacion>