Córdoba, 20 de febrero de 2006
VISTO: la Ley Nº 9235 – Ley de Seguridad Pública.
Y CONSIDERANDO: Que el artículo 85 de dicha norma legal dispone que la Ley Provincial Nº 9120 será de aplicación al Servicio Penitenciario de Córdoba, debiendo entender el Tribunal de Conducta Policial en las causas disciplinarias atinentes al personal del mencionado Servicio Penitenciario.
Que a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la norma en cuestión, corresponde determinar el procedimiento a seguir respecto a las causas disciplinarias que se inicien en el ámbito del Servicio Penitenciario de Córdoba, a efectos de adecuarlas a la estructura y funcionamiento del Tribunal de Conducta Policial.
Por ello, las normas legales citadas y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Provincial,
El Gobernador de la Provincia
DECRETA: