<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>La <bold>Legislatura de la Provincia de Córdoba </bold>sanciona con fuerza de <bold>Ley: 10218</bold> <bold>Artículo 1º.</bold>- Adhiérese la Provincia de Córdoba a la Ley Nacional Nº 25.854 que crea el "Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos". <bold>Artículo 2º.</bold>- El Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba es la Autoridad de Aplicación de la presente Ley. <bold>Artículo 3º.</bold>- Facúltase al Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba a suscribir los convenios que resulten pertinentes con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a los fines del cumplimiento de la presente Ley. <bold>Artículo 4º.</bold>- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE. Alicia Mónica Pregno – Guillermo Carlos Arias <bold>PODER EJECUTIVO</bold> <bold>Decreto Nº 923</bold> Córdoba, 22 de agosto de 2014 Téngase por Ley de la Provincia N° 10218, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. <italic> José Manuel de la Sota - Gobernador Graciela del Valle Chayep - Ministra de Justicia y Derechos Humanos Daniel Alejandro Passerini - Ministro de Desarrollo Social Jorge Eduardo Córdoba -Fiscal de Estado</italic>&#9632; </page></body></legislacion>