<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>Córdoba, 28 de marzo de 2019 VISTO: La Resolución General N° 2 de fecha 22 de febrero del corriente, mediante la cual se implementó el nuevo servicio registral vía internet denominado "MEDIDAS CAUTELARES WEB", para la elaboración, presentación, procesamiento y expedición de "nuevas" medidas cautelares de embargo o inhibición por medios no presenciales. Y CONSIDERANDO: <bold>1.)</bold> Que la Resolución General en cuestión dispuso la implementación de tal servicio a partir del 25/2/2019 para los casos de medidas cautelares dispuestas por los Sres. Procuradores de la Fiscalía Tributaria Adjunta de la Provincia, y desde el 6/3/2019 para las libradas por funcionarios de la Dirección General de Rentas (Proceso Monitorio). <bold>2.)</bold> Que asimismo, en tal oportunidad se dispuso que dicho servicio coexistiría hasta el 29/3/2019 inclusive, con la modalidad presencial en soporte papel; resultando obligatoria la vía no presencial a partir del primer día hábil siguiente a tal fecha. <bold>3.)</bold> Que cabe destacar que dicho servicio se encuentra operativo desde la fecha de su implementación y ha sido utilizado por un importante número de profesionales, permitiendo la expedición de numerosos trámites de modo certero y en óptimos plazos de procesamiento. <bold>4.)</bold> Que en este sentido, atendiendo pedidos recibidos en tal sentido, se entiende pertinente la continuidad del proceso de capacitación y adaptación de los usuarios para la utilización de este servicio, resultando oportuno que durante los meses de abril y mayo del corriente, se otorgue continuidad a las acciones de capacitación y difusión para la utilización del aludido servicio, en conjunto con la Fiscalía Tributaria Adjunta, con el objetivo que dicha capacitación pueda llegar a los procuradores de toda la Provincia. <bold>5.)</bold> Que por ello resulta necesario también extender el plazo de coexistencia de dicho servicio con la modalidad presencial en soporte papel. Por todo ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 3, 7, 61, 62 y 71 de la Ley Provincial N° 5771, La Dirección General del Registro General de la Provincia RESUELVE: <bold>Artículo Primero:</bold> Disponer que el servicio "MEDIDAS CAUTELARES WEB" para Procuradores y Funcionarios del Fisco Provincial coexistirá hasta el 31/5/2019, inclusive, con la modalidad presencial en soporte papel; resultando obligatoria la vía no presencial a partir del primer día hábil siguiente a tal fecha. <bold>Artículo Segundo:</bold> De forma. <italic>FDO: Mónica A. Farfán, Directora General Registro General de la Provincia de Córdoba</italic>&#9632; </page></body></legislacion>