<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>Decreto 1067/2009 Bs. As., 14 de agosto de 2009 VISTO: El Expediente Nº E-60714-2009 del Registro del Ministerio de Desarrollo Social, el Decreto Nº 20/07, y la Resolución MDS Nº 3182/09 y CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias del Ministerio de Desarrollo Social se encuentra la implementación de políticas públicas integrales orientadas hacia el efectivo cumplimiento de los derechos sociales. Que en ese marco, desde el año 2003 a la fecha el Gobierno Nacional ha efectivizado medidas específicas para la inclusión social de los sectores más vulnerables, las cuales comprenden ingresos mensuales. Que teniendo en cuenta la política del Gobierno Nacional relativa a la reducción de la pobreza, corresponde profundizar la generación de condiciones favorables que dinamicen la economía productiva del país, desarrollando acciones y políticas específicas destinadas a grupos especialmente vulnerables. Que la experiencia anteriormente expuesta muestra que la inversión del Estado Nacional en obras y servicios básicos coadyuva a consolidar un mecanismo central de redistribución del ingreso, propiciando de esta forma al empleo como instrumento de integración social. Que, en el ámbito de la Economía Social, las cooperativas y mutuales han mostrado su efectividad en la creación de empleo, dando a la fecha sustentabilidad a aproximadamente 300.000 personas. Que, en este ámbito, la implementación de las acciones debe promover herramientas que permitan la generación de ingresos de manera regular y dinámica a través de la participación de cooperativas de trabajo. Que, en función de lo expresado precedentemente, por la Resolución citada en el Visto, se ha creado en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social el Programa de Ingreso Social con Trabajo, cuyo principal objetivo es la promoción del desarrollo económico y la inclusión social, generando nuevos puestos de trabajo genuino, con igualdad de oportunidades, fundado en el trabajo organizado y comunitario, incentivando e impulsando la formación de organizaciones sociales de trabajadores, quienes tendrán a su cargo el desarrollo de las acciones pertinentes. Que el trabajo generado redundará en el desarrollo e incremento de la calidad de vida de los sectores más vulnerables, a través del apoyo a las comunidades más desprotegidas. Que analizados los contenidos de dicho Programa resulta necesaria la creación de una Unidad Ejecutora, cuyo titular tendrá rango y jerarquía de Subsecretario, quien será designado por la señora Ministra de Desarrollo Social, con carácter de excepción a los términos del Decreto Nº 491/02. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la Constitución Nacional. Por ello, La Presidenta de la Nación Argentina DECRETA: Artículo 1º – Establécese que el Programa de Ingreso Social con Trabajo creado por la Resolución del Ministerio de Desarrollo Social Nº 3182/2009, estará a cargo de la Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, cuyo titular tendrá rango y jerarquía de Subsecretario. Art. 2º – Facúltase a la Ministra de Desarrollo Social para proceder a la conformación de la estructura, cobertura de los cargos y dotación de personal que fuera necesario a los efectos de integrar dicha Unidad Ejecutora, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Decreto Nº 491/02. Art. 3º – El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas asignará las partidas presupuestarias correspondientes del Ministerio de Desarrollo Social y/o de otras jurisdicciones, pudiendo emitir deuda para el cumplimiento de los fines del citado Programa y su funcionamiento. Art. 4º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Fernández de Kirchner. – Aníbal D. Fernández. – Alicia M. Kirchner &#9632;</page></body></legislacion>