Córdoba, 12 de junio de 2008
VISTO:
Lo dispuesto por el artículo 75 inc. 22) de la Constitución Nacional, el Decreto Nacional Nº 719/ 00, el Convenio Marco N° 187/02 suscripto entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (M.T.E. y S.S.), la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CO.NA.E.T.I.) y el Consejo Federal del Trabajo (C.F.T.), su Acta Complementaria y la Resolución N° 109/06 emanada de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que con fecha 4 de julio de 2002, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil y el Consejo Federal del Trabajo –del cual la Provincia es parte–, suscribieron el Convenio N° 187 tendiente a impulsar acciones de prevención y erradicación progresivas del trabajo infantil en las áreas en que se releve el mismo.
Que en ese marco, la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Córdoba dictó la Resolución N° 109/ 06 mediante la cual se dispuso la convocatoria a la creación de la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil –CO.PR.E.T.I.– , en el marco del Plan Provincial de Erradicación del Trabajo Infantil lanzado en el año 2006.
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la norma precitada, se suscribieron dos Actas Intención con fecha 9 de abril y 7 de mayo de 2008 respectivamente, con el objeto de proceder a integrar la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil, con representantes de distintas dependencias del Gobierno Provincial relacionadas a la temática, representantes sindicales y empresariales y de la sociedad civil.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
El Gobernador de la Provincia
Decreta:
Artículo 4°.- Invítase al Defensor de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia de Córdoba, a integrar la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil.
Artículo 5°.- La Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil podrá invitar a otros Organismos Públicos, Organizaciones Sindicales, Empresariales y de la Sociedad Civil, a integrar dicha Comisión y habilitará un Registro de Adherentes para las Organizaciones No Gubernamentales.
1.-Promover campañas de difusión de la problemática del trabajo infantil, a través de medios gráficos, radiales, televisivos e informáticos.
2.-Promover acciones para la capacitación de los agentes educativos, sanitarios, culturales y de los medios de comunicación y concienciar a las comunidades desde la perspectiva local.
3.-Promover la creación de redes solidarias que permitan coadyuvar a la prevención y erradicación progresiva del trabajo infantil.
4.-Colaborar en la definición de áreas de incumbencia y poblaciones objeto de intervención, de proyectos relacionados con la problemática del trabajo infantil.
5.-Promover la articulación de los programas existentes relacionados con la problemática del trabajo infantil, para minimizar costos, sumar esfuerzos y mejorar estrategias.
6.-Coordinar las actividades que se implementen en el territorio de la Provincia de Córdoba en materia de trabajo infantil.
7.-Recopilar y sistematizar información, estudios y publicaciones relacionados con la problemática del trabajo infantil.
8.-Promover la creación de Comisiones Municipales o Regionales de Erradicación del Trabajo Infantil.