<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE Ley 9877 Artículo 1º - Créanse en la Primera Circunscripción Judicial, con sede en la localidad de Santa Rosa de Río Primero: a) Un Juzgado con competencia en lo Civil y Comercial, Conciliación, Familia, Control, Menores y Faltas; b) Una Fiscalía de Instrucción con competencia múltiple, y c) Una Asesoría Letrada y de Familia con competencia múltiple. Artículo 2º - El Juzgado con competencia en lo Civil y Comercial, Conciliación, Familia, Control, Menores y Faltas, la Fiscalía de Instrucción con competencia múltiple y la Asesoría Letrada y de Familia con competencia múltiple, creadas por creadas por el artículo anterior, tendrán competencia territorial en el Departamento Río Primero. Disposiciones complementarias Artículo 3º - El Tribunal Superior de Justicia determinará la estructura del Juzgado al que se hace referencia en el artículo 1° de la presente ley, así como la forma y modalidad con que se distribuirán las causas que se encuentran en trámite en los tribunales actualmente competentes. Artículo 4º - El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Finanzas, adecuará en forma inmediata las partidas presupuestarias necesarias para la instalación y el funcionamiento del Juzgado con competencia en lo Civil y Comercial, Conciliación, Familia, Control, Menores y Faltas, la Fiscalía de Instrucción con competencia múltiple y la Asesoría Letrada y de Familia con competencia múltiple, creadas por la presente Ley. Disposición transitoria Artículo 5º - Establécese que hasta tanto comiencen a funcionar el Juzgado con competencia en lo Civil y Comercial, Conciliación, Familia, Control, Menores y Faltas, la Fiscalía de Instrucción con competencia múltiple y la Asesoría Letrada y de Familia con competencia múltiple creadas por la presente Ley, la competencia material asignada a éstos será ejercida por los Juzgados, Fiscalías y Asesorías Letradas con asiento en la ciudad de Córdoba. Artículo 6º- De forma &#9632;</page></body></legislacion>