<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la ciudad de Córdoba, a doce días del mes de abril del año dos mil dieciocho, con la Presidencia de su titular Dra. Aída Lucía Teresa Tarditti, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan Sesin, Luis Enrique Rubio y Sebastián López Peña con la asistencia del Sr. Administrador General, Lic. Ricardo J. Rosemberg y ACORDARON: <bold>VISTO: </bold> La presentación efectuada por los ujieres de este Poder Judicial relacionada con la actualización del valor arancelario por el diligenciamiento de las cédulas de notificación. <bold>Y CONSIDERANDO: </bold> Que mediante Acuerdo Reglamentario N° 158 - Serie “C”, del 21/2/2017, el Tribunal Superior de Justicia estableció, a partir del 1º de abril del año 2017, un arancel por el diligenciamiento de cada cédula de notificación realizado por los Ujieres del Centro Judicial Capital, consistente en la suma de Pesos Diecinueve con Cincuenta Centavos ($19,50) y dispuso además que el nuevo valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia, sea de Pesos Veintiuno ($21,00). Asimismo, determinó un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de “urgente” solicitadas por la parte en el proceso judicial, el que se fijó en la suma de Pesos Treinta ($30,00) para las diligenciadas en Capital, y en Pesos Treinta y Uno con Cincuenta Centavos ($31,50) para las diligenciadas en el interior de la Provincia. Que a los fines de compensar los incrementos de precios verificados en el último período, a un monto tal que resulte exclusivamente reparatorio del costo que los ujieres tienen que soportar por su labor, el Área de Administración ha realizado un estudio de costos directos e indirectos donde se incluyen los rubros principales para llevar a cabo eficientemente la labor. Se destaca asimismo el incremento registrado en los costos de movilidad, como la tarifa de taxis y remis, además del precio de combustibles y repuestos automotores; por lo que sugiere un valor de Pesos Veinticuatro ($24,00) por cédula de notificación diligenciada en Córdoba Capital, y de Pesos Veintiséis ($26,00) para la zona de actuación de los ujieres en el interior de la provincia, y por cédulas de notificación solicitadas por la parte con carácter de “urgente”, la suma de Pesos Treinta y Siete ($37,00) para Capital y Pesos Treinta y Nueve ($39,00) para el interior; conforme lo manifestado por los ujieres. Por todo ello, y conforme la intervención del Director del Área de Servicios Judiciales, Cr. Raúl Horacio Sánchez, <bold>SE RESUELVE: 1.-</bold> Dejar sin efecto los aranceles establecidos en el Acuerdo Reglamentario N° 158/17 - Serie “C”, del Tribunal Superior de Justicia. <bold>2.-</bold> Establecer en la suma de Pesos Veinticuatro ($24,00) el valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en Sede Judicial de Córdoba Capital, y en Pesos Veintiséis ($26,00) por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia por Ujieres de este Poder Judicial, a partir del 1º de mayo próximo. <bold>3.-</bold> Disponer un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de “urgente” solicitadas en el proceso judicial, el que quedará establecido en la suma de Pesos Treinta y Siete ($37,00) para las diligenciadas en Capital y en Pesos Treinta y Nueve ($39,00) para las diligenciadas en el interior de la Provincia, a partir del 1º de mayo próximo. <bold>4.-</bold> Disponer que las etiquetas adquiridas con el arancel establecido por Acuerdo Reglamentario Nº 158/2017 – Serie “C”, tendrán validez únicamente hasta el 31/05/2018. <bold>5.-</bold> De forma. <italic>Aída Lucía Teresa Tarditti – Domingo Juan Sesin – Luis Enrique Rubio–Sebastián Lopez Peña – Lic. Ricardo J. Rosemberg</italic>&#9632; </page></body></legislacion>