<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la Ciudad de Córdoba, a los 21 días del mes de octubre de dos mil veinte, los Sres. Vocales de las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda y Novena Nominación de esta ciudad, con competencia exclusiva y excluyente en materia concursal en la Primera Circunscripción Judicial, ACORDARON: <bold>Y VISTO: </bold> Que la vigencia de la lista de síndicos concursales categorías "A" y "B" para la Primera Circunscripción Judicial, aprobada por Acuerdo Administrativo Número Siete de fecha 25.11.2015 y prorrogada por Acuerdo Reglamentario Nro. Nueve del 22.7.2019, está próxima a terminar a finales del corriente año. <bold>Y CONSIDERANDO:</bold> Que por Acuerdo Administrativo Número Siete de fecha 25.11.2015 se conformó la Lista de Síndicos (categorías A y B) para la Primera Circunscripción Judicial con vigencia hasta fines del año dos mil diecinueve. Que por Acuerdo Reglamentario Nro. Nueve del 22.7.2019 se resolvió prorrogar por el plazo de un año la vigencia de dicha lista, en atención a los motivos expresados por la Escuela de Graduados de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Córdoba y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas con relación a la necesidad de extender la vigencia de la lista oportunamente confeccionada a fin de que nuevos profesionales puedan obtener la certificación que acredite su especialidad. Que por Ley N° 27.541 y DNU 260/2020 se declaró la emergencia pública sanitaria como consecuencia de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus CO-VID 19, a la que la adhirió la Provincia de Córdoba por Ley N°10.690 del 18.3.2020. Que a partir de ello, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en la órbita de sus atribuciones constitucionales, mediante sucesivos Acuerdos Reglamentarios (1617, 1620, 1621, 1622, 1623, 1624, 1625,1626, 1627 y 1629 y ss.) y Resoluciones de Presidencia ha adoptado una serie de medidas imprescindibles para preservar la salud y la vida de los agentes del Poder Judicial de Córdoba, así como la de los abogados, auxiliares de la justicia y la comunidad en general. Que el proceso de convocatoria de aspirantes a la integración de las listas de síndicos conforme el A.R. N 303, Serie A, del 2/10/1995 y de conformidad a las pautas fijadas por el Reglamento Único aprobado por el Alto Cuerpo mediante A.R. nº 958 Serie A del 9.12.2008 modificado por A.R. 1270 del 17.3.2015, conllevan numerosas actuaciones y trámites con la intervención no sólo de este Cuerpo Colegiado, sino también la de la oficina de Servicios Judiciales del Poder Judicial y del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, así como la recolección de antecedentes por parte de los postulantes, que en esta situación de excepción, resultan incompatibles con las numerosas medidas sanitarias y restricciones a la circulación actualmente vigentes y que se han ido adoptando en el marco de la emergencia sanitaria, e incluso conspira contra la posibilidad de aquellos interesados en el llamado pero incluidos en grupo de riesgo de cumplimentar con todos esos trámites. Por ello, consideramos pertinente prorrogar la vigencia de los mencionados listados conformados según el Acuerdo Administrativo Número siete de fecha 25.11.2015, hasta el 30 de Octubre del año 2021 (30.10.2021) con la esperanza de haber superado el actual estado de emergencia sanitaria y las restricciones a la circulación actualmente vigentes a esta fecha, de manera tal de facilitar el acceso de los interesados a la convocatoria, así como el proceso de conformación de las nuevas listas consiguiente. Por todo ello; <bold>SE RESUELVE: Art. 1°)</bold> Prorrogar la vigencia de los listados de profesionales para las designaciones de Síndicos de las categorías "A" y "B" para los Tribunales de esta Primera Circunscripción judicial con competencia en materia concursal, conformada por Acuerdo Administrativo Número Siete de fecha 25.11.2015 hasta el Treinta de Octubre del año 2021 (30.10.2021). <bold>Art. 2°)</bold> Publicar el presente acuerdo, mediante edictos por el término de dos días, en el Boletín Oficial de la Provincia; incorpórese en la página WEB del Poder Judicial. <bold>Art. 3°)</bold> Comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a la Sub Área de Documentación e Información Pública del Área de Servicios Judiciales, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba y a los Juzgados con competencia concursal de la Primera Circunscripción Judicial. <bold>Art. 4°)</bold> De forma. <italic> María Mónica Puga – Jorge Eduardo Arrambide</italic>&#9830; </page></body></legislacion>