<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la ciudad de Córdoba, a seis días del mes de marzo del año dos mil diecinueve, con la Presidencia de su Titular Dra. María Marta Cáceres de Bollatti, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa Tarditti, Luis Enrique Rubio y Sebastián Cruz López Peña, con la asistencia del señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan Rosemberg y ACORDARON: <bold>Y VISTO: </bold> La nota presentada por los señores Jueces de Ejecuciones Fiscales N° 1, 2 y 3 de esta ciudad, solicitando la modificación del horario de atención al público y del horario de trabajo de los empleados de la Secretaría de Gestión Común (SGC). <bold>Y CONSIDERANDO: I.-</bold> Que por Acuerdo Reglamentario Nº 1150 Serie "A", de fecha 11/4/2013, se dispuso fijar para los Juzgados de Ejecución Fiscal N° 1, 2 y 3 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en esta Capital, a partir del 15 de abril del corriente año, la habilitación de un horario unificado de atención al público de 8.00 a 13.00 hs. Asimismo se dispuso que la Secretaría de Gestión Común cumpla un horario de atención al público de 10.00 a 15.00 hs. <bold>II.-</bold> Los requirentes señalan que, en la actualidad, la modalidad de trabajo se ha ido modificando progresivamente hacia la despapelización, llegando a tramitarse desde el 1 de junio del año 2016, la totalidad de las causas electrónicamente, lo que ha contribuido significativamente a una mejor y más eficaz gestión de causas. <bold>III.-</bold> A modo ilustrativo señalan que en el horario de 14 a 15 hs, sólo concurren a la SGC en promedio 4 personas por día, lo que no justifica que permanezca abierta al público. Por el contrario, se puede observar que desde el horario de apertura de la atención al público hay muchas personas esperando, por lo que consideran oportuno el cambio de horario de atención al público y consecuentemente de la jornada laboral de los empleados de la SGC de 8 a 14 hs., a fin de satisfacer mejor las necesidades del servicio. <bold>IV.-</bold> Que el fuero de Ejecuciones Fiscales está compuesto por tres Juzgados y la Secretaría de Gestión Común. El horario de atención al público de los Juzgados y de los empleados es igual al del resto del Poder Judicial (esto es de 8 a 14 hs), mientras que la Secretaría de Gestión Común es de 10 a 15 hs., extendiéndose luego hasta las 16 hs., resultando criterioso que tanto el horario de atención al público como el de la totalidad de los empleados del fuero coincidiera. <bold>V.-</bold> Que por Acuerdo Reglamentario N° 1461 Serie "A" de fecha 12/12/2017, se fijó entre las ocho y las catorce horas, el horario de atención al Público de todas las Cámaras, Juzgados y Fiscalías, Asesorías Letradas y demás dependencias de este Poder Judicial en toda la Provincia y todos los fueros, manteniéndose la jornada laboral del Personal Técnico Administrativo (grupo 28) en seis horas de trabajo efectivo, entre las ocho y las catorce horas. Por ello y lo dispuesto por los Artículos 166 inc. 2° de la Constitución Provincial y 12 inc. 1°, 7° y 32° de la ley 8435, <bold>El Tribunal Superior de Justicia RESUELVE: 1.</bold> Modificar parcialmente el Art. 2 del Acuerdo Reglamentario N° 1150 Serie "A" de fecha 11/4/2013, y disponer que desde el día 1/4/2019, la Secretaría de Gestión Común, cumpla el horario de atención al Público entre las ocho y las catorce horas (8:00 a 14:00 horas), tal como fuera establecido por Ac. Regl. 1461 Serie "A" de fecha 12/12/2017. <bold>2.-</bold> Disponer que el Personal Técnico y Administrativo de la Secretaría de Gestión Común, desde el día 1/4/2019, cumpla su jornada laboral entre las ocho y las catorce horas, tal como ha sido establecido por Ac. Regl. 1461 Serie "A" de fecha 12/12/2017. <bold>3.-</bold> Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Comuníquese a los Juzgados de Ejecución Fiscal, a la Secretaría de Gestión Común, a la Federación y Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba, Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial y dese la más amplia difusión interna. <italic>Fdo. María Marta Cáceres de Bollati - Aída L. Tarditti - Luis Enrique Rubio - Sebastián Cruz López Peña - Ricardo Juan Rosemberg</italic>&#9632; </page></body></legislacion>