<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la ciudad de Córdoba, a diecinueve días del mes de abril del año dos mil dieciséis, con la Presidencia de su titular Dr. Domingo Juan Sesin se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa Tarditti, Luis Enrique Rubio y Sebastián López Peña, con la asistencia del director del Área de Administración a cargo de la Administración General, Lic. César Augusto Bartolomei Y ACORDARON: VISTO: La presentación efectuada por los ujieres, y elevada por el Director del Área de Servicios Judiciales, Lic. Ricardo J. Rosemberg, relacionada con la actualización del valor arancelario por el diligenciamiento de las cédulas de notificación efectuada por los Ujieres de este Poder Judicial. Y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Reglamentario N° 143 - Serie “C”, del 5/5/15, el Tribunal Superior de Justicia estableció, a partir del 11 de mayo del año 2015, un arancel por el diligenciamiento de cada cédula de notificación realizado por los Ujieres del Centro Judicial Capital, consistente en la suma de Pesos Doce ($12,00) y dispuso además que el nuevo valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia, sea de Pesos Trece ($13,00). Asimismo, determinó un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de “urgente” solicitadas por la parte en el proceso judicial, el que se fijó en la suma de Pesos Dieciocho ($18,00) para las diligenciadas en Capital, y en Pesos Diecinueve ($19,00) para las diligenciadas en el interior de la Provincia. Que a los fines de compensar los incrementos de precios verificados en el último período, a un monto tal que resulte exclusivamente reparatorio del costo que los Ujieres tienen que soportar por su labor, el Área de Administración, ha realizado un estudio de costos directos e indirectos, donde se incluyen los rubros principales para llevar a cabo eficientemente la labor. Se destaca asimismo el incremento registrado en los costos de movilidad, como la tarifa de taxis y remis, además del precio de combustibles y repuestos automotores; por lo que sugiere un valor de Pesos Quince ($15,00) por cédula de notificación diligenciada en Córdoba Capital, y de Pesos Dieciséis ($16,00) para la zona de actuación de los Ujieres en el interior de la Provincia, y por cédulas de notificación solicitadas por la parte con carácter de “urgente”, la suma de Pesos Veintitrés ($23,00) para Capital y Pesos Veinticuatro ($24,00) para el interior; conforme lo manifestado por los ujieres. Por todo ello y teniendo en cuenta la escasez de monedas que se visualiza desde hace varios años, lo que ocasiona serios problemas de demora en la cobranza de las cédulas, resintiendo el normal funcionamiento de la oficina; SE RESUELVE: 1.- Dejar sin efecto los aranceles establecidos en el Acuerdo Reglamentario N° 143/15 - Serie “C”, del Tribunal Superior de Justicia. 2.- Establecer en la suma de Pesos Quince ($15,00) el valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en Sede Judicial de Córdoba Capital, y en Pesos Dieciséis ($16,00) por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia por Ujieres de este Poder Judicial, a partir del 01 de mayo próximo. 3.- Disponer un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de “urgente” solicitadas en el proceso judicial, el que quedará establecido en la suma de Pesos Veintitrés ($23,00) para las diligenciadas en Capital y en Pesos Veinticuatro ($24,00) para las diligenciadas en el interior de la Provincia, a partir del 01 de mayo próximo. 4.- De forma. Domingo Juan Sesin –Aída Lucía Teresa Tarditti – Luis Enrique Rubio – Sebastián López Peña – César Augusto Bartolomei &#9632;</page></body></legislacion>