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Acuerdo Nº Doscientos Setenta y Nueve – Serie “A”

En la ciudad de Córdoba, a 4/8/2009, con la Presidencia de su titular Dra. Aída Lucía Teresa Tarditti, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, doctores María Esther Cafure de Battistelli, Domingo Juan Sesin y Armando Segundo Andruet (h), con la asistencia del señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. José María Las Heras, y ACORDARON:
VISTO:
La presentación efectuada por el Sr. Director Periodístico del diario ‘La Voz del Interior’ de fecha 3/VII/09, reiterativa de otra nota anterior y que mereciera el Acuerdo Nº 426-Serie “A” del 3/VIII/04 y cuya parte resolutiva reza de la siguiente manera: “…I) Recomendar a los señores Magistrados del Poder Judicial de Córdoba que la obtención de la prueba documental periodística, pueda ser viabilizada a través de las modalidades señaladas en el presente Acuerdo. II) Recordar a los Sres. Magistrados del Poder Judicial de Córdoba que cuentan con el asesoramiento de la Oficina de Prensa del Tribunal Superior de Justicia para canalizar cualquier inquietud relacionada con los medios de comunicación. Comuníquese…”.
Y CONSIDERANDO:
I. Que con independencia de reiterar la aplicación plena del Acuerdo Nº 426/04-Serie “A”, resulta conveniente acorde a los progresos que en la difusión en línea los diarios han tenido, que tal avance se vea reflejado en una mejor utilización por parte de los tribunales provinciales, para conjugar así una mejor y más célere administración de justicia. II. A tales efectos, hay que señalar que la totalidad de los sistemas en línea de periódicos, cuando se pretende realizar la impresión respectiva de una información localizada, se le impone al lector un mecanismo de seguridad que preserva su contenido, y que no resulta fácilmente removible para el usuario medio. A la luz de dichas cuestiones y con la única finalidad de promover un sistema de administración de justicia que resulte más eficaz y dinámico para el aseguramiento de los derechos de los justiciables, resulta valioso el exhortar a los Sres. jueces de la Provincia y hacer saber a los señores Abogados, que servirán como medio de prueba suficiente las impresiones de periódicos disponibles en línea, las que tendrán que estar acompañadas con la indicación de su fidelidad mediante la suscripción ológrafa del abogado presentante y asumiendo dicha parte la responsabilidad de la declaración jurada que por dicho acto como tal formaliza (Conf. arg. arts. 402 y 90, CPCC).
Por todo ello,
SE RESUELVE:
I. Recordar la vigencia del A. Nº 426 Serie “A” del 3/8/04 cuya parte resolutiva dice: “Recomendar a los señores Magistrados del Poder Judicial de Córdoba que la obtención de la prueba documental periodística, pueda ser viabilizada a través de las modalidades señaladas en el presente Acuerdo. Recordar a los Sres. Magistrados del Poder Judicial de Córdoba, que cuentan con el asesoramiento de la Oficina de Prensa del Tribunal Superior de Justicia para canalizar cualquier inquietud relacionada con los medios de comunicación. Comuníquese”.
II. Exhortar a los Sres. jueces de la Provincia, que las impresiones de secciones de periódicos disponibles en línea, y que son acompañados como material probatorio en un juicio no requieran, prima facie, de una certificación de autenticidad de su misma fuente productora, resultando suficiente la propia declaración jurada del abogado que la acompaña, quien indicará con precisión –si no existiera– ya la dirección web emisora y la fecha de la respectiva consulta que ha generado la impresión acompañada.
III. Al efecto ilustrativo, en el Anexo I –integrativo del presente Acuerdo–, se acompaña una consulta efectuada a un diario en línea, con el modelo ficticio de una certificación juramentada de su originalidad.
IV. Hacer saber al Colegio de Abogados de Córdoba, al Colegio de Abogados de Río Cuarto y a la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba el presente Acuerdo.

Anexo Acuerdo N° 279 Serie “A” de fecha 4/8/09
LAVOZ.COM.AR Impresa política Cba Dom 10 May 10:44 Córdoba, sede del Observatorio Nacional. En los próximos días, la Junta Federal de Cortes hará lugar a la presentación que el Poder Judicial de Córdoba formuló para que en la Oficina de Ética Judicial local funcione el Observatorio Nacional de Ética y Transparencia Judicial. Este Observatorio receptará los casos que les enviarán los tribunales superiores o cortes de las provincias argentinas para elevarlos a la consideración de la Comisión de Ética Judicial de la Junta Federal de Cortes que emitirá dictámenes no vinculantes. “Es una distinción muy grande para Córdoba”, dijo Armando Andruet, que integra esa comisión nacional junto con otros tres integrantes de otras provincias. http: // www.lavoz.com.ar/nota._id=515111 2000 – 2008 Todos los derechos reservados Declaro bajo juramento y en los términos del art. 90, 2° párrafo del C. de P.C.C., que la presente impresión fue obtenida informáticamente el día 03 de agosto 2009 por medio de “internet” y corresponde fielmente a la edición del día 10 de mayo de 2009 de la versión “en línea” (on line) del periódico de publicación en la ciudad de Córdoba “La Voz del Interior”. Córdoba, 4 de agosto de 2009 ………………………………………………………..Firma y aclaración de nombre y matrícula profesional del letrado interviniente NOTA: En cada caso, deberán adaptarse los datos de fechas de obtención y edición a la que corresponde la impresión y ciudad de asiento del tribunal donde se efectúa la presentación de la misma. Fdo. Lic. José María Las Heras – Administrador General Poder Judicial ■

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