<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>Buenos Aires, 19 de septiembre de 2018 <bold>VISTO:</bold> EX-2018-30752948-APN-DGDYD#MJ, el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018, la Resolución M.J.y D.H. N° RESOL-2017-21--MJ del 12 de enero de 2017 y <bold>CONSIDERANDO:</bold> Que de acuerdo con los objetivos establecidos en el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 por el cual se modificó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional en lo referente a este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, le compete a la Subsecretaría de Justicia y Política Criminal entender en la definición de la política criminal de la Nación y las acciones a seguir en la materia, asistir al Secretario en la propuesta de lineamientos sobre el diseño del sistema de justicia y la modernización judicial, entender en la elaboración de anteproyectos de reformas y actualizaciones legislativas en las materias de su competencia, intervenir en las acciones relativas al Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados, coordinar el desarrollo de políticas comunes con organismos internacionales y otros países, en materias de diseño del sistema de justicia, modernización judicial y de política criminal, promover la eficacia, la eficiencia, la calidad, la capacitación de los operadores, el diseño organizacional, la modernización de los procesos, el desarrollo de indicadores de gestión, la transparencia y el acceso a la información pública, dentro del sistema de justicia, fomentar la implementación de programas, el desarrollo de protocolos de actuación y el uso de tecnología para mejorar la prestación del servicio de justicia, brindar asesoramiento y asistencia técnica a las jurisdicciones provinciales que lo soliciten, en materia de fortalecimiento de los sistemas de justicia y la modernización judicial, participar en el Consejo Federal de Política Criminal y en el Consejo de Seguridad Interior y promover estudios e investigaciones y realizar estadísticas referentes a cuestiones de diseño de sistemas de justicia, modernización judicial y política criminal. Que la Resolución M.J. y D.H. N° Resol-2017-21-APN-MJ del 12 de enero de 2017, creó la “Comisión de Trabajo Para un nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil”, que tiene por objeto abordar la discusión de los lineamientos esenciales para un nuevo sistema de responsabilidad penal juvenil y elaborar y presentar a la “Comisión Redactora para un nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil”, creada por esa misma norma en su artículo 6°, un documento con las propuestas recibidas. La Comisión de Trabajo para un nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil abarcó ocho ejes temáticos: 1) Abordaje Temprano-Prevención; 2) Justicia Especializada; 3) Medidas alternativas a la prisión y al proceso y medidas restaurativas como sanciones; 4) Delitos y sanciones acordes a la Convención de Derechos del Niño; 5) Condiciones de detención que fomenten la reinserción; 6) Sistema de articulación permanente intersectorial – Dotación de recursos; 7) Creación de un sistema de información federal; 8) Definición de Imputabilidad. Cada eje temático concluyó con un documento en el que se plasmaron los consensos, los cuales fueron difundidos por medio de la plataforma virtual del Programa Justicia 2020. Que en el encuentro de la Comisión de Trabajo para un nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil del eje 3, que tuvo lugar en el mes de febrero del año 2017, los operadores de los Poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo de todo el país que la integraron acordaron la importancia de incorporar respuestas restaurativas a los jóvenes en conflicto con la ley penal como primera respuesta, desde abordajes territoriales, y utilizar como una herramienta posible la mediación con un claro enfoque especializado en derechos de la infancia.Que la Comisión Redactora para un nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil tiene a cargo la consolidación de las bases del Anteproyecto de Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, tomando como insumos los consensos de la Comisión de Trabajo para un nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil.Que sobre la base del trabajo efectuado por la Comisión de Trabajo para un nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil y la Comisión Redactora para un Nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, se elaboró un Anteproyecto de Ley que crea un Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, el cual prevé la mediación penal juvenil y los acuerdos restaurativos como respuestas posibles a la víctima, a la comunidad afectada, y a la participación del adolescente en la elaboración del plan educativo que permiten que reflexione sobre las consecuencias de sus acciones.Asimismo, corresponde destacar que el día 7 de agosto de 2007, este Ministerio organizó en el Honorable Congreso de la Nación el Simposio Internacional “Respuestas Restaurativas en la Justicia Penal Juvenil”, un debate abierto que tuvo como objetivo propiciar un espacio de intercambio con distintos actores, para abordar definiciones conceptuales y relevar buenas prácticas, a partir de lo cual se procuró generar propuestas que sirvan de insumo al fortalecimiento de las medidas restaurativas en la Justicia Penal Juvenil. Que este abordaje recepta expresamente los lineamientos establecidos en la Declaración Iberoamericana de Justicia Juvenil Restaurativa, impulsada y aprobada entre otras organizaciones por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (COMJIB), la Cumbre Judicial Iberoamericana, la Liga Iberoamericana de Sociedad Civil, el Organismo Internacional de Juventud para Iberoamérica (OIJ), todos con el acompañamiento técnico de la Fundación Terre des Hommes Lausanne. Que a su vez, con la impronta de promover la realización de un Protocolo de actuación que dé cuenta de las buenas experiencias y delimite los estándares imprescindibles que debe tener la mediación penal juvenil, la Subsecretaría de Justicia y Política Criminal en forma conjunta con la Dirección Nacional de Mediacion y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, efectuaron un relevamiento a nivel federal sobre operadores de distintas jurisdicciones de la República Argentina que venían realizando prácticas que promueven la implementación de Respuestas Restaurativas en la Justicia Penal Juvenil mediante la mediación penal juvenil. Que se invitó a participar a dichos operadores, en la confección y redacción de un documento que establezca y defina las características que debe ostentar toda mediación penal juvenil, a través de un taller que tuvo lugar los días 20 y 21 de marzo del año 2018 en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. También participaron del mismo representantes de Costa Rica, Ecuador, Nicaragua, España, Perú y Chile, que al mismo tiempo forman parte de la Comisión Interinstitucional para la Promoción de la Declaración de Justicia Juvenil Restaurativa, Ilanud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef).Que como resultado de dicho trabajo se redactó un proyecto de Protocolo Federal en Mediación Penal Juvenil Restaurativa y Acuerdos Restaurativos, que fue presentado ante el Congreso Mundial sobre Justicia para niños, niñas y adolescentes que tuvo lugar en la casa de la Unesco, París, los días 28 al 30 de mayo de 2018, y será presentado en el Encuentro Internacional sobre Mediación que organiza este Ministerio en el segundo semestre del año. Que el Protocolo Federal en Mediación Penal Juvenil Restaurativa y Acuerdos Restaurativos procura constituir una herramienta de trabajo a nivel federal para la aplicación de novedosos medios de resolución de conflictos en las distintas jurisdicciones del país como así también un instrumento de sensibilización de los operadores involucrados. Que la Direccion General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.Que el suscripto es competente para emitir este acto en virtud de lo dispuesto por el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias.. Por ello, <bold>El Ministro de Justicia y Derechos Humanos RESUELVE: Artículo 1°.- </bold> Apruébase el Protocolo en Mediación Penal Juvenil Restaurativa y Acuerdos Restaurativos que como ANEXO I, IF-2018- 46313307-APN-SSJYPC#MJ, forma parte de la presente. <bold>Artículo 2°.- </bold> Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. <italic>Germán Carlos Garavano</italic>&#9632; NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar </page></body></legislacion>