CONSIDERARON:
Que en función a la presentación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, y a fin de facilitar la aplicación de las cláusulas establecidas por la Acordada 3/2015, corresponde diferir, por última vez, su implementación.
Por ello,
ACORDARON:
Postergar, por última vez, hasta el 1er día hábil de mayo de 2016 la implementación de las cláusulas previstas por la Acordada 3/2015 en toda la Justicia Nacional y Federal.
Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique, publique en la página web del CIJ, en la del Tribunal, en el Boletín Oficial y se registre en el Libro correspondiente.