<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>Ley 25999</bold> El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: <bold>Artículo 1</bold>- Sustitúyese el artículo 119 de la Ley N° 18345 (t.o.) de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo por el siguiente: Artículo 119: Traslado de la expresión de agravios. El juez dará traslado de la expresión de agravios a la contraparte por el plazo de tres días. El traslado será notificado personalmente o por cédula. Contestados los agravios o vencido el plazo para hacerlo, se elevará el expediente a la Cámara. <bold>Artículo 2</bold>- De forma. • </page></body></legislacion>