<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>Tribunal Superior de Justicia Acuerdo Reglamentario Nº 839 – Serie “A”</bold> En la ciudad de Córdoba a 4 de septiembre de 2006, con la Presidencia de su titular Dr. Luis Enrique Rubio, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, doctores María E. Cafure de Battistelli, Aída Lucía Teresa Tarditti, Armando Segundo Andruet (h) y Mercedes Blanc G. de Arabel, con la asistencia del Director de Superintendencia doctor Miguel Ángel Depetris y ACORDARON: Y VISTO: La solicitud efectuada por la Señora Jefa de División Trámites Judiciales y Depósito Judicial de Armas y Efectos, Comisario Daniela A. Adán, de que se considere la posibilidad de enviar al Tercer Cuerpo de Ejército las armas correspondientes al año 2004 y 2005. Como así también la autorización de traslado de las armas que están en la División Armamento y Equipos de la Policía de la Provincia, al Depósito Judicial (Tribunales II) para iniciar los trabajos preparativos para la próxima destrucción de armas de fuego. Y CONSIDERANDO: Que el pedido obedece a la “urgente y constante” necesidad de generar espacios físicos para aumentar la capacidad operativa del Depósito de Armas y Efectos Secuestrados. Este Tribunal Superior con fecha 23/4/1999 ha refrendado un contrato con el Comando del Tercer Cuerpo de Ejército –Ejército del Norte– para el traslado y depósito en custodia en dependencias de esa unidad militar, de las armas secuestradas en causas penales. Que en razón de ello corresponde autorizar por un lado la remisión de armas ingresadas en los años 2004/2005, al depósito ubicado en la Base de Apoyo Logístico del Ejército. Como así también, el traslado de las armas que se encuentran en la División de Armamentos y Equipos de la Policía de la Provincia, al Depósito Judicial, a los efectos de iniciar el inventariado para su posterior destrucción. Por tanto, El Tribunal Superior de Justicia RESUELVE: I) Autoriza el envío al Tercer Cuerpo de Ejército de las armas secuestradas en causas penales entre los años 2004 y 2005, que se encuentran en el Depósito de Armas y Efectos Secuestrados, Tribunales II. II) Autorizar el envío del armamento que se encuentra en la División de Armamentos y Equipo dependiente de la Policía de la Provincia, al Depósito Judicial (Tribunales II). III) Encomendar a la Secretaría Penal del Tribunal Superior que disponga lo necesario a fin de dar cumplimento a lo aquí ordenado, estableciendo la metodología a seguir en cuanto al inventario, clasificación, carga, fecha y modo de traslado del armamento. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Director de la Dirección de Superintendencia, Dr. Miguel Ángel Depetris. <italic>Luis Enrique Rubio – María E. Cafure de Battistelli – Aída Lucía Teresa Tarditti – Armando Segundo Andruet (h) – Mercedes Blanc G. de Arabel</italic> &#9632;</page></body></legislacion>