VISTO:
El expediente Nº 0135-032482/2016 del registro de la Dirección General de Vivienda dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propicia por Resolución Nº 0358/2016 la prórroga, por el término de treinta y seis (36) meses, de la vigencia de la “Emergencia Habitacional – Sanitaria de la Provincia de Córdoba” declarada por Ley Nº 10.158. Que lo instado encuentra fundamento en la necesidad de profundizar el avance del Programa Erradicación de Viviendas Rancho, construyendo viviendas sustitutas que eviten las condiciones de hábitat favorable al anidamiento y proliferación de la vinchuca como agente de transmisión del parásito Trypanosoma Cruzi, causante del denominado Mal de Chagas – Mazza.
Que conforme lo dispuesto por el artículo 8 – inciso b) de la Ley Nº 9601, modificada por su similar Nº 10.158, puede accederse favorablemente a la medida propiciada, con posterior noticia a la Legislatura Provincial.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales con el N° 389/2016 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 0627/16, y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
JOSE M. GARCÍA