<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>VISTO : Y CONSIDERANDO: Que la presente se dicta conforme lo dispuesto por los artículos 4° inciso b) apartado 9, 13 y 22 bis de Ley de Ministerios (T.O. por Decreto N° 438/1992). Por ello, la Ministra de Seguridad RESUELVE: <bold>Artículo 1°.-</bold> Créase el "Sistema Nacional de Denuncias por Violencia de Género (SIVIOGEN)", el que funcionará en la órbita del Ministerio de Seguridad. <bold>Artículo 2º.-</bold> Apruébase el "Protocolo de Actuacion Policial para la Recepcion y Registro de Denuncias por Violencia de Género" que como ANEXO I (IF-2019-38084381-APN-DNELYN#MSG) forma parte de la presente. <bold>Artículo 3º.-</bold> Instrúyase al Jefe de la Policía Federal Argentina, al Director Nacional de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, al Prefecto Nacional Naval de la Prefectura Naval Argentina y al Director Nacional de la Gendarmería Nacional a la implementación gradual de la presente. <bold>Artículo 4°.-</bold> Invítase a las Policías Provinciales y a la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del Consejo de Seguridad Interior, a adherir al Sistema Nacional de Denuncias por Violencia de Género (SIVIOGEN) mediante la suscripción del Acta Acuerdo de Adhesión al Sistema Nacional de Denuncias por Violencia de Género y su Protocolo de Actuación Policial para la Recepción y Registro de Denuncias (SIVIOGEN) que obra como ANEXO II (IF-2019-38084632-APN-DNELYN#MSG) forma parte de la presente medida. Ello a efectos de homogeneizar y estandarizar las intervenciones policiales en procedimientos análogos. <bold>Artículo 5°.-</bold> Encomiéndase a la Coordinación de Políticas de Género y No Discriminación del Ministerio de Seguridad, la tarea de seguimiento en la implementación del mencionado Protocolo y a diseñar los mecanismos para la difusión y capacitación del instrumento de denuncia e investigación allí contemplado, tanto para el personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, como a requerimiento de las policías provinciales y de la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. <bold>Artículo 6º.-</bold> Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese&#9632; Patricia Bullrich <bold>N. de R. -</bold> Se publica sin Anexos </page></body></legislacion>