<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>La Legislatura de la Provincia de Córdoba SANCIONA con fuerza de LEY: Artículo 1º.- Créase la Fiscalía de Instrucción de Tercer Turno y Competencia Múltiple con asiento en el Centro Judicial de la ciudad de Villa Carlos Paz. Artículo 2º.- El Ministerio Público de la Provincia de Córdoba determinará la estructura de la fiscalía a la que se hace referencia en la presente Ley y establecerá la forma y modalidad con que se distribuirán o reasignarán las causas que se encuentran en trámite en ese Centro Judicial. Artículo 3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a realizar los ajustes presupuestarios que fueren necesarios a los efectos del cumplimiento de la presente Ley. Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. Dada en la sala de sesiones de la Legislatura Provincial, en la ciudad de Córdoba, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil quince Alicia Mónica Pregno – Guillermo Carlos Arias PODER EJECUTIVO Decreto N° 1138 Córdoba, 27 de octubre de 2015 Téngase por Ley de la Provincia N° 10309, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA - Graciela del Valle Chayep - Jorge Eduardo Córdoba&#9632; </page></body></legislacion>