<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>Tribunal Superior de Justicia Acuerdo Reglamentario Nº 117 - Serie “C”. </bold> En la ciudad de Córdoba, a veintinueve días del mes de febrero del año dos mil doce, con la Presidencia de su titular, Dr. Domingo Juan Sesin, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa Tarditti, Luis Enrique Rubio y Carlos Francisco García Allocco, con la asistencia del Administrador General, Dr. Gustavo Argentino Porcel de Peralta, y ACORDARON: VISTO: La presentación efectuada por el Director del Área de Servicios Judiciales, Lic. Ricardo J. Rosemberg, relacionada con la actualización del valor arancelario por el diligenciamiento de las cédulas de notificación efectuada por los Ujieres de este Poder Judicial. Y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Reglamentario N° 108 - Serie "C", del 25/04/11, el Tribunal Superior de Justicia estableció, a partir del 2 de mayo del año 2011, un arancel por el diligenciamiento de cada cédula de notificación realizado por los Ujieres del Centro Judicial Capital, consistente en la suma de pesos cuatro ($ 4,00) y dispuso además que el nuevo valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia, sea de pesos cuatro con cincuenta centavos ($ 4,50). Asimismo, determinó un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de “urgente” solicitadas por la parte en el proceso judicial, el que se fijó en la suma de pesos cinco ($ 5,00) para las diligenciadas en Capital, y en pesos seis ($ 6,00) para las diligenciadas en el interior de la Provincia. Que a los fines de compensar los incrementos de precios verificados en el último año, a un monto tal que resulte exclusivamente reparatorio del costo que los Ujieres tienen que soportar por su labor, el Área de Administración, ha realizado un estudio de costos directos e indirectos, donde se incluyen los rubros principales para llevar a cabo eficientemente la labor. Se destaca asimismo el incremento registrado en los costos de movilidad como la tarifa de taxis y remis, además del precio de combustibles y repuestos automotores; por lo que sugiere un valor de Pesos cinco ($ 5,00) por cédula de notificación diligenciada en Córdoba Capital, y de Pesos seis ($ 6,00) para la zona de actuación de los Ujieres en el interior de la Provincia, y por cédulas de notificación solicitadas por la parte con carácter de “urgente”, la suma de Pesos siete ($ 7,00) para Capital y Pesos ocho ($ 8,00) para el interior. Por todo ello y teniendo en cuenta la escasez de monedas que se visualiza desde hace varios años, lo que ocasiona serios problemas de demora en la cobranza de las cédulas, resintiendo el normal funcionamiento de la oficina; SE RESUELVE: 1.- Dejar sin efecto los aranceles establecidos en el Acuerdo Reglamentario N° 108/11 - Serie "C", del Tribunal Superior de Justicia. 2.- Establecer en la suma de Pesos cinco ($ 5,00) el valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en Sede Judicial de Córdoba Capital, y en Pesos seis ($ 6,00) por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia por Ujieres de este Poder Judicial, a partir del 19 de marzo del año en curso. 3.- Disponer un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de “urgente” solicitadas por la parte en el proceso judicial, el que quedará establecido en la suma de pesos siete ($ 7,00) para las diligenciadas en Capital y en pesos ocho ($ 8,00) para las diligenciadas en el interior de la Provincia, a partir del 19 de marzo próximo. 4.- De forma &#9632; </page></body></legislacion>