2- No se trasluce de autos la actitud por parte de los letrados intervinientes –que por otra parte intervienen en la ejecución de los honorarios correspondientes a un tercero–, el ejercicio irregular de un derecho. Toda la actividad procesal desplegada justifica acabadamente el monto de la regulación pretendida, tanto en virtud del trámite principal como por las tareas preliminares. Por ello corresponde elevar la regulación de honorarios a la suma de $12.304.35, por las tareas vinculadas al trámite principal y a la suma de $2.460,87, por las tareas previstas en el art. 104 del CA., que constituye el mínimo legal para esta clase de procesos.