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Cerro Los Nonos, monumento natural y cultural

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A partir de la declaración que resguarda este enclave turístico de la provincia de Córdoba, el lugar se posiciona como un pueblo pionero en desarrollar una política pública integral y abarcativa de protección. La reserva, que cubre un total de 421 hectáreas, dejará de ser propiedad privada para convertirse en un predio público

El cerro Los Nonos, ubicado en la localidad cordobesa del mismo nombre, fue declarado monumento natural y cultural y área municipal protegida.
A partir de la necesidad de preservar, resguardar, proteger, restaurar y conservar este patrimonio de gran atractivo turístico, el ente ejecutivo municipal presentó el proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante hace un tiempo, el cual fue aprobado el pasado 22 de septiembre.
Se trata de una ordenanza única que proporciona un marco general y ordenador, con herramientas concretas de regulación, motivación y control para cuidar este enclave paradisíaco, a la vez que declara el cerro Los Nonos de utilidad pública y propiedad municipal, considerándolo monumento histórico e ícono de la identidad y la historia del pueblo.
Con esta iniciativa, Nono se posiciona como un destino pionero en desarrollar una política pública integral y abarcativa de protección del patrimonio cultural y natural, y a la vez hace realidad el sueño de convertir el cerro Los Nonos en la única reserva de estas características del valle de Traslasierra, que -además- pasarán a ser de propiedad municipal.
Se trata de la ordenanza 981/2017 que dispuso la declaración de utilidad pública sujeta a expropiación del monumento natural que da nombre al pueblo. Considera a “Los Nonos, centro físico de nuestro espíritu y símbolo de nuestras raíces e identidad, y a la formación geológica conocida popularmente como ‘La Rumi- Cintura’ que por su espectacular morfología y su importancia paleontológica y antropológica merece la más alta protección”.
De este modo, el territorio que ocupa 421 hectáreas, a partir de ahora dejará de ser propiedad privada, para pasar a ser de propiedad pública.
“Que Los Nonos sea propiedad municipal es un logro que responde a un pedido de todos los habitantes que pretenden que las generaciones futuras puedan apreciar la belleza y esplendor del lugar que emblemáticamente los identifica y une. Significa también que el Estado pueda garantizar y evitar cualquier actividad que deteriore este sitio”, dijo el ente municipal.

Bienes materiales e inmateriales
Además de lo inédito que resulta la expropiación de esta magnitud de hectáreas para convertirlas en un área protegida, la nueva legislación declaró como “de interés municipal” o “componente del patrimonio cultural y natural de Nono” aquellos bienes materiales o inmateriales que se consideren parte del patrimonio cultural o natural local.
“Es una legislación modelo de todo lo que el municipio de la localidad quiere preservar: identidad, historia, recursos naturales, partiendo desde lo natural a lo cultural, pensando no sólo en la historia del pueblo y su gente sino también en los recursos ambientales que tiene la ciudad y que se deben proteger del impacto tanto turístico como demográfico”, agregó la Municipalidad.
Este recurso propio de la geografía local -ahora protegido- habla de la historia, la tierra, la cultura, las tradiciones, la gente, el arte y la educación, entre otros conceptos.

¿Qué se protege?
En cuanto a lo que implica el decreto y la protección del patrimonio, la ordenanza clasificó los bienes entre naturales y culturales, y dentro de este último, en tangibles e intangibles.
En lo que refiere a la preservación del patrimonio natural, las disposiciones deben interpretarse a la luz de la legislación ambiental más amplia, y particularmente en el derecho de gozar un medio ambiente sano y equilibrado.
A su vez, estas medidas deben estar en concordancia con lo que el municipio viene haciendo en esa materia luego de la promulgación de la ordenanza general de Ambiente 890/2013, proponiendo un destino turístico sustentable y amigable con el ambiente.
Vale destacar que la nueva legislación declara al área cerro Los Nonos y a la vertiente Ojo de Agua monumentos naturales y a toda la zona que rodea a Los Nonos área protegida, que abarca, entre otros, las sierras de Achala y el sector oeste del río de los Sauces.
Asimismo, la ordenanza de patrimonio incorporó la relevancia paleontológica y antropológica para la delimitación del lugar a proteger, ya que numerosos estudios científicos demuestran la existencia de tales áreas.
En este sentido, forman parte del patrimonio natural de Nono los monumentos naturales, formaciones geológicas, lugares, paisajes naturales, reservas de biósfera, santuarios de la naturaleza, variedad de flora y fauna de protección singular, y patrimonio paleontológico.
Paralelamente, se considera patrimonio cultural de Nono el conjunto de bienes vinculados con este contenido y que han sido legados por la historia y los antepasados; y aquellos presentes a los que la sociedad les otorga una especial importancia por su significado y valor histórico, científico, simbólico y/o estético.

En cuanto a los bienes culturales tangibles, éstos pueden ser muebles o inmuebles. Los bienes muebles a resguardar son monumentos, obras arquitectónicas, esculturas, pinturas, elementos arqueológicos, tecnológicos, inscripciones, escritos, documentos y grupos de elementos u objetos que tengan valor desde el punto de vista artesanal, folclórico, religioso, histórico, antropológico, étnico, artístico, técnico, cultural o científico.
En concordancia, los bienes culturales inmuebles son lugares, sitios, edificaciones, obras del hombre u obras conjuntas del hombre y la naturaleza, zonas típicas, conjuntos arquitectónicos, incluidos lugares arqueológicos, históricos o de interés arquitectónico, histórico, artístico o científico.
Por su parte, se consideran bienes culturales intangibles a resguardar todo aquello que conforma la cultura inmaterial como “cultura viva”, creciente, dinámica.
Se entienden como bienes inmateriales a los usos, representaciones, expresiones artísticas, conocimientos y saberes populares, elementos de folclore, danzas y técnicas junto con los instrumentos, objetos, espacios y artefactos que les son inherentes y que la comunidad reconoce como parte de su riqueza cultural. Éstos pueden estar manifestados en las tradiciones, expresiones orales, idiomáticas, artes del espectáculo, usos sociales, rituales y actos festivos, conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo, técnicas artesanales tradicionales, entre otras.

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