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Comercio y Justicia Capacitaciones

Se creó el colegio profesional de higiene y seguridad

1 noviembre, 2019
Se creó el colegio profesional de higiene y  seguridad
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La norma establece el régimen legal aplicable a la actividad profesional en el ámbito de la provincia de Córdoba. Incluye a licenciados, técnicos superiores o universitarios

La legislatura Unicameral aprobó la creación del Colegio Profesional de Higiene y Seguridad de la Provincia de Córdoba. Según precisa la ley en su primer artículo, establece “el régimen legal aplicable a las actividades profesionales vinculadas con la higiene y seguridad en el trabajo dentro del ámbito territorial de la provincia”.
La normativa precisa que son requisitos básicos para el ejercicio de las profesiones enunciadas poseer algunos de los siguientes títulos habilitantes: a) Licenciado en Higiene y Seguridad en el Trabajo; b) Licenciado en Seguridad, Higiene y Control Ambiental Laboral; c) Técnico Superior o Universitario en Seguridad Industrial; d) Técnico Superior o Universitario en Seguridad e Higiene Industrial; e) Técnico Superior o Universitario en Higiene y Seguridad en el Trabajo; o f) Técnico Superior o Universitario en Saneamiento y Seguridad Industrial, con o sin los vocablos “superior” o “universitario”.
Según indica la nueva ley N° 10666, todos los títulos deben haber sido expedidos por universidades nacionales, provinciales o privadas o por instituciones de enseñanza oficial de carácter terciario, debidamente reconocidas por el Estado nacional. Además, detalla que el alcance o campo de actividad reservado a cada titulación será el admitido por la autoridad educativa cuya intervención corresponda. “La incorporación de nuevos profesionales debe seguir un estricto criterio de pertenencia al campo disciplinario de la institución, de acuerdo a la normativa aplicable”, agrega el texto.

Ámbito de actuación
Para la ley de creación del nuevo colegio, son actividades profesionales las vinculadas con la higiene y seguridad en el trabajo y la aplicación de conocimientos y capacidades con el fin de prevenir riesgos mediante el perfeccionamiento del medio ambiente laboral.
En tanto que el ámbito de actuación es la realización de estudios, anteproyectos, proyectos, evaluaciones, presupuestos, planos, trabajos, planificaciones, direcciones y asesoramiento. También peritajes, ensayos, análisis, estudios del ambiente laboral, certificaciones, evacuación de consultas, laudos, confección de informes, dictámenes e inventarios técnicos, asistencia y representación técnica y todo otro tipo de estudio que comprenda la incumbencia profesional.
También se considera ámbito de actuación el desempeño de cargos, funciones, comisiones y empleos dependientes de los poderes públicos o del ámbito privado, incluso los peritajes judiciales de los ámbitos provincial, nacional e internacional.

Por otra parte, la norma explicita en su artículo 53 que los profesionales que a la entrada en vigencia de la ley se encuentren matriculados en otros colegios con base en su título habilitante, permanecerán en ellos, y cuando posean la especialización en higiene y seguridad sólo deberán inscribirse en un registro especial habilitado por el Colegio de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Córdoba.
En otro de sus artículos detalla que los profesionales a los que se refiere esta ley aportarán a la Caja de Previsión de la Ingeniería, Arquitectura, Agrimensura, Agronomía y Profesionales de la Construcción de la Provincia de Córdoba creada por ley N° 8470.
Durante la aprobación de la norma estuvieron presentes en el recinto los miembros de la Comisión Promotora de la Formación del Colegio: presidente, Gustavo Manno; secretaria, Lorena Ponce; secretario de Capacitación, Walter Moyano, y los secretarios Laura Alaniz y Marcos Bustos. La iniciativa fue presentada por el legislador José Pihen.

Comentarios 2

  1. Erick Reyes says:
    hace 3 años

    Hay modalidad rn línea soy de México

  2. Manuel Eduardo Salas Saurith says:
    hace 3 años

    Con base a todo el contenido. Qué tipo de situaciones deben de afrontar los técnicos, tecnóloga y profesionales la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), Procedentes de otros países que tengan competencia para laborar en esta área en el territorio de la Argentina?. Muchas gracias . Espero su respuesta.

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