Los programas Primer Paso y el que fomenta la inclusión y promoción de la educación universitaria y terciaria, fueron apoyados por amplia mayoría.
El PPP y las Becas Académicas se convirtieron ayer en ley en la Legislatura Unicameral con voto mayoritario, salvo la abstención del Frente de Izquierda. Las iniciativas de la gestión delasotistas refieren el plan de empleo para jóvenes conocido como Programa Primer Paso (PPP) y el Programa de Becas de Educación Superior que, a partir de ahora, son de “implementación anual obligatoria”.
El texto de la norma indica que el PPP tiene por objeto “facilitar la transición hacia el empleo formal de jóvenes desempleados sin experiencia laboral relevante, mediante la realización de procesos de capacitación y entrenamiento en ambientes de trabajo de empresas o empleadores privados, con la finalidad de desarrollar actitudes, conocimientos y habilidades similares a las que se requieran para desempeñarse en ámbitos laborales y que aumenten la empleabilidad del beneficiario”.
Impacto
El alcance de la ley es para jóvenes de ambos sexos, de 16 a 25 años inclusive, desempleados, sin experiencia laboral relevante, y los discapacitados y/o trasplantados de hasta 49 años inclusive que se encuentren desocupados y registren domicilio en la provincia. Actualmente, el PPP entrega remuneraciones de 1.500 pesos por beneficiario.
Respecto de los horarios y jornadas de los PPP; la ley indica que la duración máxima es de 20 horas semanales, sin exceder en ningún caso las ocho horas diarias por cada beneficiario y en el transcurso de 12 meses. Asimismo, se establece un cupo anual no menor a los 15.000 beneficiarios del programa.
Para el caso de la ley de becas académicas, la norma tiene como objetivo la inclusión y la promoción al nivel superior (universitario y terciario) de estudiantes con los mejores promedios del nivel medio -egresados en el año inmediato anterior- tanto de escuelas estatales como privadas.
Las becas apuntan a tecnicaturas terciarias y carreras de grado vinculadas con los sectores de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), de la industria metalmecánica, de la industria agroalimentaria, del turismo y la hotelería y de la enfermería.
La ley fija un cupo mínimo anual de de 1.000 Becas Académicas Universitarias, mil Becas Académicas de Educación Superior y de quinientas Becas Académicas para asignación específica. Además fija un cupo para sectores vulnerables.
En ambas leyes, la autoridad de aplicación es la Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional o el organismo que en el futuro lo reemplace o sustituya.