Uno de ellos es que el monto de la facturación electrónica entre el 12 de marzo y el 12 de este mes haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentra registrado
Se oficializaron ayer los requisitos para el otorgamiento del crédito a tasa de cero por ciento a monotributistas y autónomos. Mediante de la decisión administrativa 591/2020 (ver Leyes y Comentarios), la Jefatura de Gabinete de Ministros fijó los límites para el financiamiento previsto en el Decreto 332/2020.
Según el anexo I de la mencionada decisión, dictada por el Comité de evaluación y monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, los requisitos son:
* Estar inscriptos en cualquier categoría del Monotributo y no encontrarse alcanzados por el beneficio del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
* No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, debiendo considerarse al beneficiario incurso en tal situación cuando por lo menos 70% de su facturación en el período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya sido emitida a favor de jurisdicciones o entidades que integran dicho sector.
* No percibir ingresos en razón de mantener una relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
* Que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.
* En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible las compras no deberían ser superiores a 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.
Asimismo, la nueva precisión conocida ayer establece: “Los beneficiarios de este financiamiento no deberían acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito”.
Cabe recordar que el sector profesional independiente reclamaba alguna medida económica que alivie a esa población de trabajadores.
Más detalles de la asistencia ante la crisis
- Se darán préstamos por hasta $150 mil a una tasa de cero por ciento y será acreditado directamente en la tarjeta de crédito del trabajador.
- El monto del crédito no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $150 mil.
- Será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas.
- El Estado Nacional será garante.
- Tiene un período de gracia de seis meses para empezar a pagar el crédito.
- El pago será en 12 cuotas fijas.
- Los primeros en ser autorizados serán aquellos monotributistas de categorías altas o autónomos.
- Los interesados deberán postularse en la web de la AFIP con su clave fiscal. A partir de ese momento, el Gobierno podrá verificar el nivel actual de facturación y el ritmo previo a la obligatoriedad del aislamiento.