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Manzur negó haber firmado resolución de nueva guía sobre aborto no punible

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En el protocolo que hoy funciona, el médico acepta casos de violación solicitando constancia de denuncia policial o judicial. La versión que circuló “por error” añadía que también bastaba con una declaración jurada.

Tras la polémica encendida por una nueva versión de la guía para orientar a los profesionales en la atención de los abortos, el Ministerio de Salud de la Nación aclaró, por medio de un comunicado, que el titular de la cartera sanitaria, Juan Manzur, “no firmó resolución alguna respecto de la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles”.

En declaraciones posteriores a la agencia DyN, fuentes ministeriales señalaron por el “error” a la directora del Programa Nacional de Salud Sexual del Ministerio de Salud, Paula Ferro, quien había dicho por distintos medios que “lo novedoso” era que la guía, actualizada, “se publicó como resolución” de esa cartera.

Las aclaraciones llegaron tras el debate que disparó entre médicos, abogados constitucionalistas, políticos e instituciones de distintos órdenes la versión 2010 de una guía técnica que flexibilizaría las condiciones en la aceptación de los casos de mujeres víctimas de violación, que incluso había sido colgada en el sitio oficial del ministerio.

La versión del protocolo, sindicada como de difusión errónea, mantiene varios puntos que ya rigen desde 2007 y que fue elaborada en la gestión del ex ministro Ginés González García, pero incluía algunas modificaciones que abrieron la polémica.

Mientras la guía en cuestión -vigente- señala que en casos de embarazo por violación los médicos deben solicitar a la mujer una “constancia de la denuncia judicial o policial de la existencia de la violación”, la versión 2010 añadía que, si no había habido denuncia, bastaba con una “declaración jurada” de la mujer y establecía que las adolescentes mayores de 14 años no necesitaban de la autorización de sus padres para acceder a un aborto permitido.

En declaraciones a Cadena 3, el constitucionalista Miguel Rodríguez Villafañe señaló sobre la polémica versión que se trataría de un protocolo “gravemente inconstitucional (pues), nunca una reglamentación puede reformar el Código Penal y esta guía lo hace (…) Que una mujer pueda con una simple declaración jurada abortar es grave, porque se podría de esa forma llegar a abortos sin requerimientos. Además, tenemos que aclarar que la violación es un delito de instancia privada. Sólo se investiga si hay denuncias”, explicó.

Cabe señalar que, por el protocolo de la era Ginés, los abortos permitidos son los que se desprenden de casos en los que exista peligro para la vida o la salud de la mujer; si el embarazo proviene de una violación o si el embarazo proviene de un atentado al pudor sobre una mujer idiota o demente.

“No fuimos consultados”

En Córdoba, el ministro de Salud Oscar González admitió ayer que antes de la polémica que suscitó la difusión de la versión de la guía técnica modificada, no había sido consultado por la cartera nacional por el tema.

González comentó que al mediodía de ayer recibió la llamada del viceministro de Salud nacional, Máximo Diosque, “en la que me informa que no hay ninguna resolución firmada y que no va a haber, que lo que se está haciendo es actualizar una vieja guía práctica para la atención de abortos no punibles que data de 2007, la cual ya ha tenido algunas modificaciones”.

El funcionario dijo desconocer los puntos que se van a actualizar. “No hemos recibido información, frente a esto hemos tratado de obtenerla. El viernes, en Santiago del Estero, está citado desde hace 15 días el Consejo Federal de ministros de Salud de todo el país, me imagino que será el ámbito adecuado para discutir este tema y consensuar lo que haya que consensuar”, señaló.

“Inevitablemente llegará el momento de debatir el tema del aborto en la sociedad argentina, ya se está debatiendo en todas partes, no creo que este sea el mejor momento, creo, por el contrario, que hay un enorme terreno por delante en prevención del embarazo no deseado”, agregó al tiempo que evitó opinar ante la consulta sobre si consideraba que la situación se trataba de “un globo de ensayo” para poner en debate el tema tras aprobarse la ley de matrimonio homosexual. “Lo ignoro”, sonrió.

“En 10 años no tuvimos ninguna solicitud de aborto por violación”

Francisco Crespo Roca, jefe de Tocoginecología del Hospital Materno Neonatal de la provincia y miembro del Consejo de Médicos de la Provincia, señaló a Comercio y Justicia que el actual protocolo que rige desde 2007 (de la época del ministro Ginés González García) ya contempla que a una mujer que haya sido violada y acredite una constancia de la denuncia policial o judicial se le puede practicar un aborto en un hospital público sin que el médico vaya a ser sancionado por ello. Además, aquel profesional que a título individual tenga alguna objeción de conciencia, puede abstenerse.

Consultado por el número de demandas de abortos por casos de violación recibidos en ese nosocomio, el médico dio un dato llamativo: “En los últimos 10 años no hemos tenido ningún caso de solicitud de aborto por violación”. Además, indicó que la guía apunta a clarificar a los profesionales para que no judicialicen los abortos no punibles.

Cara y cruz: A favor y en contra de la polémica guía

El director del Instituto de Bioética de la Universidad Católica (UCA), sacerdote Alberto Bochatey, advirtió ayer que la guía que Manzur negó haber firmado “parece más orientada a facilitar los abortos no permitidos” que a regular el procedimiento a seguir en aquellos casos contemplados por el Código Penal. El especialista eclesiástico consideró “altamente cuestionable desde el punto de vista ético”.

En contrapartida, Silvina Ramos, investigadora del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (Cedes), había considerado que la nueva versión de la guía era un paso importante en la salvaguarda los derechos de las mujeres. “Esta guía además va a respaldar los equipos de salud en sus decisiones, va a simplificar el acceso a los abortos permitidos y evitar su innecesaria y perjudicial judicialización”

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