El Ministerio de Salud de la Nación estableció que la credencial digital única y obligatoria de los profesionales de la salud ya no tendrá fecha de vencimiento.
La medida relacionada a la credencial digital única y obligatoria se enmarca en la política de simplificación y eliminación de trámites innecesarios.
La Resolución 4827/24 elimina el plazo de vigencia de 5 años para las matrículas otorgadas y define que aquellas credenciales digitales ya emitidas que vencidas antes del dictado de la manda pasarán a estar vigentes de manera automática, eliminando el trámite de renovación.
Además, establece que “toda modificación y/o cambio en los datos personales del profesional deberá ser comunicada a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras” y que, en caso de fallecimiento y/o inhabilitación por autoridad competente y/o cualquier otra causal que impida el ejercicio profesional, la autoridad sanitaria podrá cancelar o suspender la matrícula.
La cartera de Salud que la Resolución Ministerial 3320, del 29 de agosto, estableció las nuevas condiciones para la realización de los trámites de matriculación, renovación y rehabilitación de matrículas para todos los profesionales registrados y los no registrados pero pasibles de incorporación, indicando que a partir del 2 de septiembre –la fecha de publicación de la normativa en el Boletín Oficial–,todas las matrículas pasaron a ser digitales y están disponibles en la aplicación “Mi Argentina”.