La reforma de la ley de la Caja Previsional de Ciencias Económicas incorporó un aporte relacionado con el accionar profesional en el ámbito tribunalicio. Si bien estaba en vigencia parcialmente desde julio pasado, el período de adaptación expiró.
Desde febrero, tras un lapso de adaptación, comienzan a regir completamente las contribuciones a cargo de terceros por la actuación profesional de contadores en el ámbito judicial. Se trata de uno de los puntos que incorporó la reforma de la ley de la Caja Previsional de Profesionales de Ciencias Económicas, aprobada el año pasado.
Cabe recordar que por ley provincial 10050, modificatoria del Régimen Previsional de la Caja, incorporó las nuevas contribuciones.
“Estas contribuciones son equivalentes al 1% de la base que sirve para el cálculo de la Tasa de Justicia por la actuación de los profesionales de Ciencias Económicas en Concursos y Quiebras, y al 10% sobre honorarios regulados, cuando se trate de la actuación de los profesionales en pericias y demás actividades detalladas en el Título II de la ley Nº 7626 (la ley de honorarios profesionales)”.
Según recordó el Consejo de Ciencias Económicas (CPCE) en un comunicado a sus matriculados, las contribuciones determinan para los profesionales que las originan una bonificación porcentual adicional al haber de jubilación ordinaria, ordinaria por minusvalía, discapacidad o pensión, que se determinará en función de las contribuciones de terceros ingresadas en cada ejercicio, conforme lo establece la ley 8349 de la caja previsional.
“El ingreso de las contribuciones está a cargo de quien deba satisfacer los honorarios del afiliado actuante y deberán ingresarse dentro de los 10 días de quedar firmes las regulaciones practicadas, sentencias o acuerdo de partes”, puntualizó la entidad que nuclea a los contadores.
Finalmente, indicaron que la boleta de pago se puede generar ingresando a www.cpcecba.org.ar/servicios/justiciacordoba/ y abonarse en las sucursales de Banco de Córdoba.
Ejercicio profesional
cálculo y percepción de HonorariosEl Consejo Profesional de Ciencias Económicas, a través de su página web (www.pcecba.org.ar) acaba de poner a disposición de sus matriculados un parámetro de cálculo de honorarios indicativos y referenciales “que si bien no constituyen ni deben ser interpretados como aranceles mínimos obligatorios, son permanentemente revisados y actualizados de acuerdo a las condiciones del mercado”.