Los corredores inmobiliarios y las instituciones que organizan y regulan deportes profesionales, entre otros, figuran como sujetos obligados en la ley que tipifica el lavado de dinero como delito autónomo en el sistema penal, explicó la Unidad de Información Financiera (UIF).
Desde ahora también deberán reportar operaciones sospechosas a la UIF el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) y el Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia.
El “cliente” es definido en los términos de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de Estados Americanos (CICAD-OEA), explicó un comunicado de la unidad.
Esto abarca “a todas las personas físicas o jurídicas con las que se establece, de manera ocasional o permanente, una relación contractual de carácter financiero, económico o comercial”.