martes 19, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Documentación para viajar: Colegio de Escribanos hace recomendaciones

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La entidad que agrupa a los notarios recordó cuáles son los documentos exigidos para salir del país, tanto personales como del automotor, en caso de ir a países vecinos.

En plenas vacaciones y con gran parte de veraneantes viajando, el Colegio de Escribanos lanzó una serie de recordatorios sobre los documentos exigidos para salir del país, tanto los personales como los del automotor en caso de viajar a países vecinos.
Detalló que a los países del Mercosur se puede ingresar sólo con DNI digital o pasaporte vigente (foto, huella y firma digital).
Quienes viajen con hijos deben llevar partidas de nacimiento o libreta de familia, ambas originales, con sellos y firmas, y en buen estado.
En caso de que haya menores que viajen con uno de los padres, además de llevar partidas de nacimiento o libreta de familia, también se debe presentar una autorización del otro progenitor realizada ante un escribano público o Migraciones. En el caso de la autorización hecha ante escribano, la firma de éste deberá estar legalizada por el Colegio de Escribanos respectivo.

En este sentido, el único requisito complementario exigido por la autoridad de aplicación es que el instrumento notarial sea legalizado, no es necesario que cumpla con legalizaciones complementarias, como la Apostilla de La Haya o la denominada “cadena de legalizaciones” consulares.
Sólo para los casos en que las autorizaciones contengan otras facultades -como requerir servicios médicos o realizar diferentes trámites y gestiones ante organismos públicos y/o de seguridad de los países adonde el menor se trasladará-, el documento notarial emitido en el país para surtir efectos en el exterior, deviene necesario cumplir también con legalizaciones adicionales, es decir la Apostille prevista en el artículo 1 de La Convención de La Haya de 1961 o, en caso de que el país de destino no esté adherido a esa convención, las legalizaciones consulares correspondientes.

Quienes se trasladen en automóvil deberán tener registro de conducir al día, cédula verde o azul o autorización del titular del coche certificada ante escribano público, seguro con cobertura internacional y el número de patente grabado en los vidrios.
Para ingresar a Uruguay se debe presentar cédula verde pero si en ella figuran además otros propietarios que no están en el vehículo, se necesita autorización ante escribano público colegiado o cédula azul porque la propiedad del vehículo es compartida.
Para ingresar a Chile, se debe cumplimentar con un formulario que se obtiene ingresando en www.chileatiende.gob.cl/fichas/ver/106. Una vez completado este paso, en el paso fronterizo se debe presentar el número de documento o el formulario impreso; y la autorización realizada ante escribano público si no se es el dueño del vehículo, entre otros.
Más información en www.escribanos.org.ar

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