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Blanqueo: la UIF receptará reclamos contra los bancos

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La Unidad de Información Financiera (UIF) dice que algunas entidades “amenazan” a los clientes con reportar todas las operaciones de este régimen.

La Unidad de Información Financiera (UIF) abrió un buzón de reclamos debido a los “numerosos reclamos por la sobreactuación de algunas entidades financieras”, en relación con el proceso de exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior (blanqueo de capital).

Ese comportamiento, verificado en bancos que actúan como intermediarios, va “en contra de las condiciones establecidas en la ley N° 26860”, opinó la UIF.

El organismo que controla la prevención del lavado de activos en el país explicó que “las personas que se vean obstaculizadas a acceder a los instrumentos financieros creados por el Gobierno nacional para permitir la entrada de capitales no declarados, fruto de la evasión fiscal, podrán reportar a la entidad no cooperante”.

Los conflictos que se planteen entre los interesados en participar en la exteriorización y las entidades bancarias podrán ser descriptos en comunicaciones dirigidas a la casilla de correo electrónico [email protected].

La medida de la UIF “busca facilitar el reingreso de capitales al país y evitar que algunos bancos traben ese proceso”.

Según los voceros del organismo, algunas entidades remiten sin ninguna necesidad Reportes de Operaciones Sospechosas de lavado de activos y financiamiento de terrorismo, con lo cual desalientan a los eventuales interesados en la exteriorización.

“El Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) avaló el procedimiento instrumentado por el país en esta materia, pero hay entidades financieras que amenazan a los inversores y les dicen que van a reportar como sospechosos de lavado a quienes quieran entrar en el blanqueo, con lo cual supuestamente correrían el riesgo de ser sancionados”, dijeron los funcionarios.

La UIF aclara que “todo aquel que quiera ingresar fondos que no explicitó en declaraciones fiscales puede hacerlo, y no tiene ninguna pena referida al delito fiscal como precedente de lavado de dinero”.

La ley libra de cargos en los delitos tributarios a quienes exterioricen divisas del delito, pero no excluye de penas al lavado de activos de origen delictivo ni al financiamiento del terrorismo.

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