La AFIP y el Ministerio de Trabajo de la Nación establecieron las pautas para que los empleadores puedan acceder a los beneficios dispuestos en el artículo 26 de la ley 26.816 correspondiente a personas con discapacidades integradas a los Talleres Protegidos de Producción y los Talleres Protegidos Especiales para el Empleo.
Como beneficio está prevista la bonificación del 100% del pago de los aportes personales, las contribuciones patronales y la cobertura de riesgos del trabajo.
Según se estableció en la resolución general conjunta 5167/2022, publicada en el Boletín Oficial, el ministerio informará a la AFIP, mediante el envío del formulario F. 1266, las altas, bajas o modificaciones vinculadas con los empleadores inscriptos en el Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo.
La AFIP procederá a caracterizar a los empleadores con los códigos “324 – Taller Protegido Especial para el Empleo (TPEE)” o “325 – Taller Protegido de Producción (TPP)”, según corresponda, en el “Sistema Registral” y seguirá con el procedimiento previsto.