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Una sentencia para pensar

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Por Luis Carranza Torres * y Carlos Krauth**

En varias oportunidades hemos hablado que no basta, en materia de corrupción, sólo con poner tras las rejas a los corruptos, tanto a los de un lado del mostrador como a los del otro. También debe perseguirse recuperar para el Estado los bienes que se le han sustraído en tales maniobras.
A la espera de una ley de extinción de dominio que verdaderamente sirva, la noticia de la Justicia Federal en Buenos Aires marca otro jalón positivo en la materia.
En una resolución sin precedentes, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5, en el marco de la condena a un ex funcionario del gobierno de Carlos Menem y otros dos empresarios por la privatización del astillero Tandanor, decomisó el terreno de 8,5 hectáreas situado detrás del Hotel de los Inmigrantes en Puerto Madero, que volvió a propiedad del Estado, así como la denominada “planta dos” del ex astillero Tandanor ubicada en la zona sur del puerto de Buenos Aires sobre el Riachuelo.
El perjuicio causado al Estado fue estimado en la causa, por el fiscal, en más de 50 millones de dólares.
En septiembre de 1990, el gobierno nacional llamó a licitación para privatizar el astillero Talleres Navales Dársena Norte, más conocidos como Tandanor, dentro de la órbita del Ministerio de Defensa de la Nación, tasando la empresa en 168 millones de dólares. Quien comprara debía aportar 8 millones en efectivo y los restantes 160, en bonos de la deuda externa, a la firma del contrato.

Si el trámite licitatorio no fue nada prolijo, por decirlo de algún modo, menos todavía lo fue que una vez adjudicada a un consorcio de empresas, argentinas y extranjeras, por decreto presidencial se cambiara de forma copernicana tanto el monto a pagar como la forma de llevar a cabo tal pago.
Se redujo entonces, sin mayores explicaciones, el valor del predio a un poco más de 59 millones de dólares, de los que debían oblarse 7 millones y fracción en efectivo y el saldo de 52 millones y medio en cómodas cuotas a nueve años con más otros tres de gracia. Por si alguna comodidad le faltara al asunto. Del resguardo del interés público, ni noticia.
No pasó mucho antes de que, en lugar de reparar o construir barcos, los compradores se lo revendieran a desarrollistas inmobiliarios para llevar a cabo torres faraónicas, en proyectos constructivos superiores a los 400 millones de dólares.
Por donde se lo mire, un ejemplo de los muchos de cómo se rifaron el Estado en distintos momentos de nuestra historia reciente.
Por eso, siempre es una buena noticia que lo birlado a todos vuelva al lugar de donde nunca debió salir. Debería haber más en tal sentido. Pero también la resolución del caso muestra las cuestiones sobre las que debe mejorarse para no seguir dejando en la impunidad este tipo de desmanejos delictivos en la propiedad de todos.

En primer término, urge reducir los tiempos de tales procesos: la sustanciación de la causa, que duró 20 años, trajo aparejado que no se pudo condenar a más personas imputadas por haber prescripto la mayoría de los delitos. Y a los que no les hubiera prescripto, como el entonces ministro de defensa Erman González, por ese mismo paso del tiempo falleció antes de poder ser juzgado.
La otra cuestión a considerar es la modalidad condicional con que se impusieron las condenas. Lo que implica que aun quienes fueron encontrados culpables y recibieron pena, no van a pasar ni un solo día presos.
Es auspicioso se haya podido recuperar lo que se nos pretendió birlar a todos para el pingüe negocios de muy pocos. Pero también, a la par de una norma de extinción de dominio, el fallo muestra la urgencia de agilizar los tiempos procesales en los procesos por corrupción, así como imponer legalmente la obligatoriedad de que sus penas, sean del tiempo que fueren, no tengan otro modo de cumplirse que en forma efectiva y dentro de un establecimiento penitenciario.

(*) Abogado. Doctor en Ciencias Jurídicas.
(**) Abogado. Magister en Derecho y Argumentación Jurídica.

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