Por Lourdes Navarro (*)
Se aprobó en la Legislatura de Jujuy, la ley 6116 de Creación de Sistema Provincial de Seguro de Salud para Personas Extranjeras, cuyo expediente como proyecto de ley ingresó a la Legislatura el 9 de marzo de 2018 y tomó estado parlamentario en la segunda Sesión Ordinaria del mismo año.
En comisión plenaria se invitó al Ministro de Salud de la provincia, Gustavo Bouhid, para que nos informara respecto del proyecto.
Se obtuvo dictamen de comisión el 2 de mayo de 2018 y como se estaba realizando vía Cancillería la propuesta de acuerdo de cooperación en materia de salud entre la República Argentina y el Estado Plurinacional de Bolivia, quedó en suspenso el tratamiento de la ley esperando alguna respuesta a esta propuesta.
Dicha propuesta solicita en el Art. 6 Asistencia médica brindada en hospitales públicos: “Las partes emprenderán negociaciones a nivel nacional, provincial y departamental, en el ámbito de sus respectivas competencias, con la finalidad de lograr un mecanismo de recupero de costos común y equitativo en materia de asistencia médica brindada por hospitales públicos que afecten a nacionales de una parte que se encuentren en el territorio de la otra parte, sin ser residentes permanentes en el mismo”.
Ante los sucesos ocurridos en la ciudad boliviana de Oruro con un ciudadano jujeño, quien fue atendido en un hospital público luego de un accidente y se le cobró por la atención el valor de $122.000; incluso para poder sacarlo del país en un avión sanitario enviado por la provincia de Jujuy, hubo que pagar 2.000 dólares es que el Poder Ejecutivo solicita sesión extraordinaria para el tratamiento del proyecto que ya tenía dictamen.
Esta situación es algo que ocurre permanentemente con nuestros ciudadanos argentinos al ser atendidos ante una emergencia fuera del país.
El reclamo permanente de nuestros ciudadanos es que sienten que no se respeta lo que establece nuestra Constitución en el Art. 16º, “todos sus habitantes son iguales ante la Ley”. Nosotros brindamos un servicio en salud a todas las personas, aun a los extranjeros cualquiera sea su condición migratoria; sin embargo, esto no se cumple cuando necesitamos atención de salud encontrándonos fuera de nuestro país.
Por ello, por medio de esta ley queremos darles los instrumentos al gobernador Gerardo Morales, para que se pueda trabajar en reciprocidad y en igualdad. Nos referimos en el articulado de la ley a las personas extranjeras en tránsito y se faculta al Poder Ejecutivo a establecer por vía reglamentaria las autorizaciones, modalidades, excepciones, nomencladores y valores retributivos de las prestaciones del Seguro Provincial de Salud para las personas extranjeras alcanzadas por la presente ley. Asimismo, el Poder Ejecutivo llevará adelante todas las acciones que fuesen necesarias para coordinar y articular la aplicación de la presente Ley con los organismos competentes de orden federal en el marco de la legislación vigente.
Solicitamos igualdad y reciprocidad en la igualdad, ese es el espíritu de la ley.
(*) Diputada provincial (UCR-Jujuy).
Presidente de la Comisión de Salud Pública de la Legislatura jujeña