Días pasados se desarrolló la Apertura del Año Judicial 2024, que se desarrolló en la localidad de Río Segundo. Además de la presencia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, se contó en el propio estrado con la presencia del Gobernador de la Provincia y el ministro de la Corte Suprema de Justicia Juan Carlos Maqueda.
La alocución de estilo estuvo a cargo del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, Luis Eugenio Angulo, quien afirmó como uno de los objetivos prioritarios el acercar los tribunales de justicia a la ciudadanía para “que escuche sus necesidades y brinde respuestas concretas”.
En tal sentido, el magistrado expresó que el derecho a una tutela judicial efectiva no sólo comprende el acceso al sistema de justicia, sino también “la posibilidad de transitarlo sin obstáculos y obtener una resolución fundada, en tiempo oportuno”.
Puso el acento, sobre todo, en la necesidad de celeridad en el dictado de las resoluciones judiciales, aspecto el cual entendió “no sólo hace a la eficiencia del servicio de justicia, genera certeza y previsibilidad a las partes, sino que, en muchas ocasiones, condiciona la eficacia de su ejecución; especialmente, en aquellos casos de vulneración de derechos humanos cuya respuesta estatal no admite demora alguna”.
Puso como ejemplo de actos en tal sentido, la implementación del Procedimiento Declarativo Abreviado en el fuero laboral que expresó tiene en el presente una duración promedio de seis meses y 23 días y no varios años como anteriormente.
También estuvo entre tales medidas la implementación de la oralidad civil y los avances en el Sistema Integral de Flagrancia en el fuero penal.
Se trata de un objetivo que pervive en la prédica del Tribunal Superior, con los matices dados por las distintas presidencias y cambios de integraciones, de hacer cada vez más asequible al justiciable el acceso al servicio de justicia.
Al respecto, como hemos dicho tantas veces en esta columna: la actividad económica y laboral que impulsan el bienestar de la sociedad requiere seguridad jurídica, cuestión que “implica que la persona, los bienes y los derechos de los ciudadanos están protegidos frente a cualquier obrar arbitrario o injusto de los poderes públicos o de los particulares”, como expusiera el pasado año, también en la apertura del año judicial, el presidente de entonces del cuerpo, Domingo Sesin.
Ello importa repensar de un modo profundo la actividad de los tribunales y el modo en que se llevan a cabo los procesos. No son pocos los cambios, pero también deben ser acompañados por una deuda que persiste de parte del legislativo: la reforma de los códigos procesales para adecuarlos a la nueva realidad del expediente electrónico.
Por otra parte, el hackeo del sistema informático Justicia Córdoba -hace un tiempo- y la cuestión de ribetes de pareja-institucional que determinó un blanqueo de claves de todo el sistema en enero de este año, muestran que los sistemas de apoyo del poder judicial cobran cada día más protagonismo.
Hoy por hoy la actividad del Tribunal Superior parece centrada en una cuestión de reducir tiempos procesales, cuando a nuestro entender la problemática es mucho más amplia: qué juzgar y cómo hacerlo. Y, sobre todo, cómo reducir la litigiosidad con métodos alternativos que vayan más allá de la mediación. Como por caso, y que más de una vez hemos expresado aquí, diferir al arbitraje extrajudicial los casos patrimoniales de menor cuantía. También, la posibilidad de articular en procesos únicos, las cuestiones referentes a intereses homogéneos, como puede ser planteos respecto de cuestiones de la Caja de Jubilaciones, que ocupan la gran mayoría del tiempo del fuero contencioso administrativo.
Otra de las cuestiones ausentes, es lo referente a los procesos de salud que, por su número e importancia de derechos litigados, deben tener una vía procesal acorde a sostener la dignidad de los pacientes frente a las demoras y burocracia de los prestadores de salud, y en particular de la Apross.
No es poco ni menor lo que se persigue, pero se está viendo solo una parte de una cuestión mucho más vasta.
(*) Abogado. Doctor en ciencias jurídicas
(**) Abogado. Doctor en derecho y ciencias sociales