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¿Quién cuida a quienes nos cuidan?

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Por Karina Zeverin Alfieri (*)

En el año 2007, se hizo pública la noticia del fallecimiento repentino del sargento primero Ramón Huk, de 50 años y padre de tres hijos. 

Murió a causa de un shock cardiogénico irreversible, desencadenado por la intensidad de los ejercicios físicos que realizó cumpliendo órdenes de la superioridad, el 16 de marzo del mencionado año. Padecía una condición preexistente de salud detectable por un simple electrocardiograma de rutina. 

El ojo del huracán, que originó dos causas judiciales, se centró en el hecho de que esos ejercicios físicos -parte del Plan de Capacitación en Destino, a cargo del ex comisario General Alejo Paredes, cuando lideraba la fuerza- fueron implementados sin ningún tipo de control médico previo, por lo que no hubo reclasificado del estado de salud del personal policial que debía realizarlos. Tampoco pudieron seleccionarse previamente a quienes estaban aptos para realizar los ejercicios sin poner en riesgo sus vidas.

Si por un momento pudiésemos eliminar de nuestra ecuación mental que Huk -empleado fallecido- se desempeñaba como dependiente de una fuerza de seguridad y era sargento, nos parecería obvia la responsabilidad de su empleadora en el desenlace fatal que truncó su vida. Ello por haber omitido controlar su estado de salud previo a la ejecución de la orden impartida. 

Por no haber instrumentado el sencillo mecanismo de control que pudo haber evitado su muerte. 

Sin embargo, en el imaginario colectivo parecería estar sembrada la errada idea de que un policía es un empleado -en este caso, público- que por su elección vocacional debe tolerar peores condiciones de trabajo que uno ordinario o del sector privado. 

Que posee menos derechos laborales, todo justificado por el presunto espíritu altruista que suponemos tiene y por el que debe naturalizar (sin quejas) una suerte de precarización laboral. 

Hoy, con motivo de la pandemia, se puso en agenda una situación similar pero con el personal de blanco, sobre el cual parecemos presumir lo mismo. 

El pasado 8 de julio ocurrió la audiencia oral en el juicio laboral que la viuda e hijos del sargento primero Huk entablaron contra la Provincia, por la omisión de cuidado de su dependiente, achacándole la responsabilidad objetiva por su muerte en ocasión de trabajo.

En la causa, se hubo corroborado que el fallecimiento de Huk acaeció como consecuencia del esfuerzo físico excesivo de ese fatídico 16/03/2007, (según la pericia y autopsia judiciales) y que, esta sobreexigencia en relación a su estado de salud aceleró su muerte. También, que su condición de salud era de casi urgente intervención médica y chequeable con exámenes básicos ocupacionales de rutina.

Quien suscribe, como abogada defensora de los deudos del sargento Huk, produjo su alegato final en la causa ante el Vocal de la Excma. Cámara 5ª del Trabajo, constituida en Sala Unipersonal.

La Provincia negó nuevamente su responsabilidad por omisión de cuidado de Huk, aduciendo que Huk podría haberse negado a capacitarse. 

Lo real es que el policía fallecido tenía 50 años, había superado por tres años su antigüedad para retirarse, no fue sometido por su empleadora a chequeo médico alguno y ese fatídico día se presentó cumpliendo ineludibles órdenes de su jefe de Distrito. 

Hoy es la Justicia la que decidirá si a ese accionar de la Provincia le corresponde o no un reproche legal y si Huk, como empleado fallecido, merece ser reivindicado por haber muerto, lisa y llanamente, trabajando sin importar para quién. 

Cientos de efectivos policiales siguen hoy en idéntica situación a la que estuvo expuesto el sargento primero Huk, es decir, en tareas operativas de exigencia física, sin el mínimo control sobre su salud. Olvidados por su empleador.

Esta circunstancia, además, repercute en sus rendimientos, en claro desmedro de la calidad de servicio que prestan y en perjuicio de los destinatarios del mismo, es decir, “los ciudadanos”. 

Tras 14 años de la muerte de Huk, quizás se encuentre cerca la respuesta a la pregunta: ¿quién cuida de quienes nos cuidan?


(*) Titular del estudio Zeverin & Asociados

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