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¿Qué sabemos del perdón para trabajarlo en mediación? (II)

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Por Matías Maccio (*)

En la primera parte de esta nota hemos abordado de forma preliminar algunas impresiones de lo que se entiende por perdón, y su referencia en el contexto de un proceso de mediación, específicamente como práctica restaurativa.

Así las cosas, trabajar con las partes el perdón en un abordaje restaurativo, podría requerir un método que en la práctica mediadora nos aporte una hoja de ruta. En nuestras intervenciones puede haber oportunidad de hablar sobre el perdón, el perdón y la reconciliación, y la reconciliación sin perdón. En éstas u otras combinaciones posibles habrá que contemplar el momento que esté atravesando cada parte y de aquello que se sienta preparada para conversar, comprender y decidir.

El perdón tiene un potencial sanador. No se trata de olvidar o dejar pasar sino de llegar a ser superviviente del evento vivido. El espacio de mediación puede funcionar como catalizador de ese proceso.

Guy Masters, en El perdón y el proceso de curación, afirma que el deseo de quienes comenzaron a desarrollar las prácticas restaurativas entre ofensor y víctimas de delitos era conseguir la reconciliación como principal objetivo; sin embargo, las evaluaciones posteriores establecieron que esto tenía menos importancia para las víctimas y sólo ocurrió en una minoría de casos. Investigaciones posteriores demuestran que el principal beneficio para ellas es la sensación de poder que les proporciona los procesos de justicia reparadora, y la posibilidad de expresar sus opiniones y emociones acerca de la agresión sufrida. Esta facultad condujo a una cierta sensación de curación al haber resuelto los sentimientos de dolor y aflicción provocados por el delito. Los profesionales comenzaron entonces a denominar a estos procesos “mediación” o “diálogo”, en lugar de reconciliación. Para autores como Dickey y Zehr, citados por Masters, el perdón y el arrepentimiento son condiciones para que el proceso de curación se cumpla. Sin embargo, para otras (Daly) si esto ocurre, sólo se da en un porcentaje mínimo de casos (10%). El perdón es una meta que señala el cierre del incidente para la víctima, generando una significativa disminución de sentimientos negativos. Algunas personas pasan casi toda una vida sin liberarse de esas emociones perturbadoras.

Producido el espacio del perdón o el arrepentimiento, ya sea en forma expresa entre las partes, ya sea de manera tácita (en su fuero íntimo) se podrían generar mejores condiciones para trabajar un acuerdo de reconciliación. Se recomienda -al mediador/a- no poner el tema en agenda, ni proponerlo si las partes no lo mencionan; no se debe forzar. Debo señalar que en algunos casos en los que he intervenido, las partes han arribado a acuerdos sin haberse producido lo que llamamos perdón; sí han tenido un elemento común: la persona ofensora tuvo la oportunidad de expresar y comunicar su arrepentimiento. En estos casos, aquello que se señala más arriba como el “cierre” o el proceso de curación no se ha observado en la víctima, a pesar de haber podido acordar una reparación satisfactoria.

Así, podemos decir en forma preliminar que el perdón puede ser un tema de agenda, siempre que ambas partes estén dispuestas a abordarlo. En ese caso, veo recomendable tener un conocimiento previo sobre las distintas perspectivas acerca del asunto, incluso religiosas, para poder hacer preguntas asertivas y adecuadas. Asimismo, una reconciliación -en la mirada de ser un acuerdo reparatorio- puede realizarse aun cuando no hubo un diálogo sobre las disculpas. En estas ocasiones el proceso de sanación transitará por otros caminos, espacios o tiempos. Sin embargo, si esta conversación tuvo lugar con la persona mediadora y se preparó a las partes previamente para hablar sobre ello, las posibilidades de un proceso sanador para la víctima se incrementarán. Luego de esta conversación, probablemente las partes estén más tranquilas, menos ansiosas y colaborativas. ¿Cuándo hemos visto a una persona enojada o herida colaborar con quien ha contribuido a este enojo o daño? Las personas nos volvemos más colaborativas y dispuestas, una vez que han cesado nuestros sentimientos negativos.

Michael Carroll, citando a Lewis B. Smedes, nos dice que el perdón y la reconciliación no son lo mismo, pero lo que se espera es que el primero conduzca a la segunda. El perdón tiene valor, incluso cuando no se dé la reconciliación. Smedes propone un modelo de cuatro fases, en el cual la primera es el distanciamiento, la segunda el perdón (integrado por tres elementos: i. descubrir la humanidad del ofensor, ii. Renunciar al derecho de desquite y iii. Cambiar los sentimientos hacia el ofensor); luego la tercera etapa de reconciliación y una última (4ª) de esperanza. La puesta en práctica de espacios dialógicos con enfoque restaurativo tiene una función relevante en el recorrido de este proceso, dando voz y permitiendo el movimiento desde el monólogo hacia el diálogo reparador.

* Mediador y conciliador penal

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