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¿Nos casamos en el metaverso?”: matrimonios tokenizados

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Por Jorge Fabián
Villalba (*)

El pasado 28 de abril, la ciudad de Buenos Aires hizo público su deseo de agilizar ciertos trámites, entre ellos los casamientos (ahora por internet), y el pago de impuestos con criptomonedas. La realidad es que, hoy por hoy, damos por sentados, admitidos o validados algunos cambios de paradigmas:

a) La presencialidad existe como tal, al estilo tradicional (presencialidad física) o bien puede ser mediada por tecnología (basta como muestra la educación).

b) La identidad digital debe ser una consigna primaria de toda administración pública, por cuanto carecer de su implementación no sólo atrasa sino que impide valerse de la potencialidad que las tecnologías 4.0 aportan.

c) Las solemnidades son constantes mas no perpetuas. Esto tiene relación con la necesaria mutabilidad de lo que responde a aquello que entendemos como solemne. La institución del matrimonio no es la excepción. 

Recordemos el concepto de Modestino sobre matrimonio en la Roma antigua: “Es la unión del hombre y de la mujer, sociedad de toda la vida (o consorcio para toda la vida), comunicación del derecho divino y humano”. De más está decir que dicha definición no encuentra en los tiempos actuales ningún tipo de correlato.

Entonces, si cambia la configuración de la institución que reviste mayores barreras culturales, más aún cambiará la forma. La forma parece inclinarse a la necesaria y demandada eficacia de lo inmediato porque la variable tiempo es fundamental en toda construcción jurídico-normativa actual, ya que aquello que se apropia del tiempo ajeno… no puede ser para nada bueno.

Como supe decir en un evento pasado sobre tecnología y hago propia la reflexión, “habría que regular un nuevo tipo de delito severamente sancionado… la apropiación indebida del tiempo ajeno”, algo que se vincula con la cantidad de personas e instituciones que contribuyen día a día con su ineficiencia, incapacidad, negligencia, impericia y torpeza al más vil acto de apropiarse de algo tan preciado como el tiempo.

Desde esa lógica, la nupcial no es la excepción.

Casarse perfila a ser un trámite digital rápido pero si nos remontamos a la antigüedad, la verdadera solemnidad del acto estaba en el ritual porque éste es capaz de congregar no sólo las manifestaciones de lo terrenal sino también las divinas.

La pandemia alteró el orden tradicional en cuanto al rito, que si bien la tradición imponía la automatización de repeticiones constantes y obligadas para satisfacer demandas sociales y no ser menos, hoy el metaverso encuentra un nuevo aporte de valor y probablemente participemos en numerosas nupcias virtuales. Quedará la duda sobre si un vestido de novia es más caro en el mundo físico o en el intangible.

Pero ¿qué pasa con el rol del funcionario público? ¿Es posible su adecuación funcional a un entorno digital? Mi respuesta personal es positiva; más bien justa y necesaria (hablando de rituales).

Es una gran instancia para hacer conjugar el poder de blockchain para la autenticidad del acto; la identidad digital y la transacción dentro del ecosistema hablando de algo que podríamos llamar como “matrimonio tokenizado”. ¡El título es bueno y vende!

Detalle aparte, hablamos de criptomonedas como medio de pago. Sin querer, lo tenemos asimilado como tal.

Más allá de la ironía, quizás sea un tanto más común pasar del sueño del matrimonio en Las Vegas al matrimonio en el metaverso. Pero, volviendo a nuestro país, nuestro sistema… estamos tratando de replicar la nupcia física en el mundo digital, para lo cual un entorno virtual seguro es clave, más aún por el tráfico de datos personales y su adecuación a la ley de fondo, tal como sucede con “la firma”.

Si bien hablamos de una rudimentaria innovación, que nada sorprende y debería ser normal su configuración en los tiempos que corren, la realidad es que deja algunas ideas fuerza muy interesantes:

a) Criptomonedas para “pago” de impuestos. Entonces, si puedo pagar un impuesto puedo pagar un inmueble.

b) La presencialidad es posible de manera virtual y la biometría permite acreditar la identidad; entonces la fe de identidad… tranquilamente puede ser remota.

c) La firma digital sería la herramienta acorde para la rúbrica del acto pero, si incorporamos criptomonedas para el pago y podemos hablar del metaverso… ¿será la aparición de la firma blockchain en el ecosistema jurídico para marcar un nuevo sendero de usabilidad?


(*) Escribano titular del registro Nº 706. Director de la Sala Blockchain e Inteligencia Artificial y de su Revista Indexada, de la Universidad Católica de Córdoba. Experto en tecnología blockchain aplicada

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