Por Samuel Paszucki / Contador, mediador
La flexibilidad del procedimiento de mediación permite utilizar herramientas particulares para cada caso, a fin de satisfacer los intereses y necesidades de las personas involucradas. El acuerdo construido puede no coincidir con las previsiones legales habituales pero resuelve el problema.
Caso 1: Eduardo y Roxana comenzaron a vivir en pareja, junto a Nicolás (4), el hijo de Roxana. El cariño de Eduardo por el niño era tal, que terminó reconociéndolo como hijo. Con el tiempo, Roxana dejó a Eduardo y se fue a España. Nicolás quedó a cargo de María, la abuela del niño, quien tenía excelente relación con Eduardo. Cuando Roxana regresó, con otra pareja y un bebé, Eduardo solicitó una mediación para pagar la cuota alimentaria y un régimen de visitas. Roxana no asistió a la primera reunión. Como Eduardo estaba seguro de que no asistiría a otra, sugirió citar a María. Ésta consideraba a Eduardo como el verdadero padre de Nicolás, por lo que se pusieron de acuerdo en la cuota y las visitas. El arreglo satisfizo las necesidades de los intervinientes y protegió el bien mayor, Nicolás.
Caso 2: Tres hermanas -mayores de 50- solicitaron una mediación con la mujer de su padre para establecer un régimen de visitas con él. La señora en cuestión no se presentó.
Los mediadores descubrieron que Juan (83), el padre, no estaba enfermo ni discapacitado y vivía desde hacía varios años con Teresa, su nueva mujer, menor que sus tres hijas. Dada la situación, se determinó que en realidad al que debía citarse era a Juan.
La historia que contaron las hijas respecto de Teresa era prácticamente un sainete. Muerta la madre, el padre conoce a Teresa y comienza una relación que termina en casamiento. Según ellas, lo primero que Teresa les preguntó fue a cuánto ascendía la jubilación y el seguro de Juan. Eso fue suficiente para que las hijas sentenciaran que Teresa se casó “por la plata”.
Durante los últimos años la relación había sido desastrosa; con lágrimas en los ojos las tres contaron que Teresa les impidió ver a su padre cuando estuvo internado. Ellas querían verlo y la esposa se los impedía. Juan fue citado a la segunda reunión, pero fueron sus abogados. Una vez explicado que las hijas estaban preocupadas y no podían verlo, los letrados se comprometieron a trasladarla inquietud.
En la tercera reunión, Juan envió una nota certificada por sus abogados, cuyas letra y firma reconocieron sus hijas, en la cual constaba que no tenía la menor intención de verlas, ni quería que ellas lo vieran. Que se encontraba muy bien y que si ellas intentaban llamarlo o verlo haría una denuncia policial.
Las hijas se fueron muy tristes, pero convencidas de que su padre estaba bien, absolutamente lúcido y cuidado. Estaban tranquilas y el hecho de que Juan no deseara una relación con ellas no disminuía el cariño que le tenían. De alguna manera también sintieron que su responsabilidad frente a la atención de su padre ya no era más de ellas; Teresa era quien se hacía cargo.
Una vez más, las necesidades de las partes quedaron satisfechas.