domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Libertad, tarjetas de crédito y abuso de posición dominante

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Por Luis Carranza Torres* y Carlos Krauth **

Es habitual que los consumidores nos sintamos rehenes de un sistema en el que quienes tienen la posibilidad imponen su poder por sobre nosotros ante el silencio o complicidad del Estado, quien tiene como una de sus misiones primarias evitar que eso suceda. Una de las actividades que encabezan las quejas ciudadanas al respecto es la vinculada con el uso de las tarjetas de crédito, las que en muchos casos no es descabellado denominarlas como usurarias.
Muchas quejas se esgrimen, pero pocas razones escuchamos como argumentos valederos que justifiquen, estas prácticas y ni hablar de la mencionada falta de acción para poner las cosas en su lugar. Conclusión: en este tema hay mucho ruido y pocas nueces.
Ello, a pesar de que muchas de las prácticas de las que nos quejamos están penadas por la legislación del ramo.
Muchas veces eclipsada por la ley de defensa del consumidor, la ley nacional Nº 25156 de Defensa de la Competencia cumple un papel tan vital como la primera.
En su artículo inicial, dicha norma legal establece: “Están prohibidos y serán sancionados de conformidad con las normas de la presente ley, los actos o conductas, de cualquier forma manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que tengan por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general”.
Sin embargo, días atrás nos encontramos con que algo se ha hecho contra estas prácticas. Efectivamente, en una decisión que fue calificada como “histórica”, se obliga a una compañía a desinvertir porque se concluyó que su negocio generaba un perjuicio manifiesto para los comerciantes y los consumidores.
Esta decisión se tomó a raíz de una causa iniciada hace un año aproximadamente, en la que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, había denunciado a la empresa Prisma por abusar de su posición dominante en el mercado y realizar prácticas anticompetitivas. La empresa -que es la encargada de emitir en forma exclusiva la tarjeta Visa en Argentina-, controla casi 75% del mercado.
Cabe destacar que ello se enmarcaba dentro de los que fija el Art. 4 de la ley de defensa de la competencia, al establecer: “A los efectos de esta ley se entiende que una o más personas goza de posición dominante cuando para un determinado tipo de producto o servicio es la única oferente o demandante dentro del mercado nacional o en una o varias partes del mundo o, cuando sin ser única, no está expuesta a una competencia sustancial o, cuando por el grado de integración vertical u horizontal está en condiciones de determinar la viabilidad económica de un competidor participante en el mercado, en perjuicio de éstos”.
Según el secretario de Comercio de la Nación: “La resolución prohíbe a Prisma que comercialice otra marca de tarjeta de crédito hasta que haya otra empresa en el mercado que comercialice la marca Visa. Y la obliga a prestar servicios (como procesamiento de tarjetas de crédito) en forma no discriminatoria a posibles competidores”. Vale decir que la decisión obliga, nada menos, que a los 14 bancos accionistas a vender 100% de su participación en la empresa, dejando lugar a que otros jugadores del mercado puedan entrar al negocio.
En la resolución administrativa se insta además al Banco Central y a la Secretaría de Comercio a que adopten medidas que promuevan una mayor competencia del mercado con el objetivo de bajar y bajen las tasas de interés que cobran por las operaciones.
Esta decisión fue aplaudida por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), que expresó en un comunicado que acabar con estas prácticas cuasi monopólicas significa que haya una mayor competencia en el mercado, lo que claramente beneficiará a comercios, consumidores y la economía en general, “ya que se podrán ofrecer más formas de financiamiento, menores costos de mantenimiento y, por ende, mayor transparencia gracias a que más locales podrán adherirse al sistema”.
Se trata de una decisión no menor y que esperemos abra un camino a otras en igual sentido. La libertad política necesita naturalmente de la libertad económica para que una sociedad sea libre en todo el sentido de la palabra. Tal libertad, en lo económico, y en particular en los aspectos sociales de lo económico, nada tiene que ver con nociones desdibujadas del capitalismo, en las que se la confunde con comportamientos omisivos del Estado como el “dejar hacer”, o la versión económica de la ley de la selva donde el más grande se come al más chico.
La libertad difiere, en mucho, del libertinaje. Y eso se aplica tanto respecto de los “chicos” como de los “grandes”. Era hora.

* Abogado, doctor en Ciencias Jurídicas. ** Abogado, magíster en Derecho y Argumentación Jurídica

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